Fueros: inmunidad o impunidad

En los últimos trece años, El Salvador ha desaforado a un embajador, a cuatro diputados de la Asamblea Legislativa y a uno del Parlamento Centroamericano por diversas acusaciones que van desde el lavado de dinero y el tráfico de armas hasta delitos menores como difamación y calumnia. El más reciente es el antejuicio contra el magistrado Eduardo Jaime Escalante Díaz, señalado por abuso sexual contra una menor de edad. Los diputados decidieron este viernes 1 de marzo retirar el fuero al magistrado. La gravedad de la denuncia y que la acusación no tenga nada que ver con su cargo en la Cámara Tercera de lo Civil de San Salvador provocó indignación en la sociedad salvadoreña por los beneficios que otorga el fuero para funcionarios públicos de su rango.

Foto FACTUM/Salvador Meléndez


El diputado Francisco Merino estaba ebrio cuando se bajó de su carro y disparó a una policía hiriéndola en el hombro. Corría el año 2000 y Merino, que fue vicepresidente de la República en el gobierno de Alfredo Cristiani, nunca enfrentó la justicia por esos disparos pese a una investigación de tres meses en la Asamblea Legislativa. Diputado desde hace 22 años, primero con Arena y después con el PCN, a Merino lo salvó una prerrogativa de algunos funcionarios públicos: el fuero constitucional.

En noviembre de 2007, un diputado suplente del mismo partido de Merino, Roberto Silva Pereira, fue desaforado tras ser señalado por la Fiscalía General de la República por cohecho y lavado de dinero de más de $10 millones. Pero ya era demasiado tarde: al no haber quedado detenido mientras la Asamblea resolvía, Silva Pereira tuvo tiempo para huir a Estados Unidos, donde sigue un proceso judicial de deportación desde que fue capturado por las autoridades estadounidenses, sin que tampoco hayan resuelto hasta la fecha sobre su condición migratoria.

En 2014, el diputado Rodrigo Samayoa, del partido GANA, fue desaforado y procesado penalmente por los delitos de lesiones, amenazas y expresiones de violencia contra las mujeres. La denunciante fue su esposa, Mireya Guevara. Al final, el delito por el que Samayoa estaba acusado fue tipificado como “menos grave”, por lo que la ley lo amparaba para seguir en el cargo y sería hasta el final de su período como diputado que regresaría a los tribunales. Cuando regresó a su cargo, al diputado lo recibieron con la devolución de $90,000 por salarios caídos mientras estuvo fuera.

El caso más reciente es el de Eduardo Jaime Escalante Díaz, magistrado de la Cámara Tercera de lo Civil de San Salvador, detenido el pasado 19 de febrero en flagrancia —en las primeras 24 horas luego de cometer el delito del que se acusa—, tras abusar sexualmente de una niña de 10 años en la colonia Altavista, en  Ilopango, según informó la Policía Nacional Civil. Escalante Díaz estaba ebrio cuando fue detenido. La Policía presentó al magistrado al presidente de la Asamblea Legislativa, Norman Quijano, para que el diputado informara a la Fiscalía. Tres días después, la Fiscalía presentó una denuncia de antejuicio en la Asamblea  por el delito de abuso sexual contra menor o incapaz.

La Asamblea, si bien informó a la Fiscalía sobre el caso, no pudo retener al magistrado. La ley no faculta al parlamento salvadoreño para tomar decisiones como detener a un funcionario. Por ello Escalante Díaz fue enviado a su casa.

Este viernes 1 de marzo, los diputados de la comisión de antejuicio que se formó para evaluar el caso de Escalante Díaz determinaron que no hará falta agotar los 60 días que tenía la comisión —más otros 60 si así lo pedían— para tomar una decisión. La presidenta de la comisión, Cristina Cornejo, anunció que por unanimidad se decidió desaforar al magistrado.

Lo que sigue es una sesión plenaria extraordinaria, convocada para este mismo 1 de marzo, para que los 84 diputados voten por el dictamen de desafuero de la comisión de antejuicio. Así, Escalante Díaz será detenido por la Policía y la Fiscalía acudirá a la Cámara Primera de lo Penal de San Salvador para abrir el proceso judicial.

Cuando una persona común es detenida, lo que procede es mantenerla privada de libertad hasta 72 horas mientras la Fiscalía prepara un requerimiento fiscal en su contra. Después, la Fiscalía presenta a la persona sospechosa ante un tribunal y solicita abrir un proceso judicial. En el caso de los funcionarios protegidos por el fuero constitucional no es así.

El artículo 236 de la Constitución limita este beneficio para el presidente y el vicepresidente del gobierno, los diputados, ministros, representantes diplomáticos y magistrados, entre otros. Por eso no pueden ser procesados sin que la Asamblea Legislativa estudie la acusación y decida si procede un antejuicio para desaforarlos.

La Constitución señala que todos ellos “responderán ante la Asamblea Legislativa por los delitos oficiales y comunes que cometan”. Es un privilegio constitucional, como reconoce el artículo 419 del Código Procesal Penal. Este privilegio tiene como fin proteger el mandato del funcionario, para que no sea acusado de forma arbitraria y dañina por delitos relacionados con las funciones que establece su cargo.  Es decir, para que no entorpezcan su trabajo y funciones.

Según Rodolfo González, exmagistrado de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en el periodo 2009-2018, hay dos precedentes claros para reconocer que el fuero debe estar limitado a las funciones del cargo y no a la persona, como el caso del magistrado Escalante Díaz: su presunto abuso no tenía nada  que ver con su trabajo judicial. Uno de ellos, dice González, es el hábeas corpus presentado en 2014 en relación al diputado suplente Wilver Rivera Monge, procesado y condenado por lavado de dinero y agrupaciones ilícitas, por integrar una red de narcotráfico liderada por Jorge Ernesto Ulloa Sibrián, alias “Repollo”. Rivera Monge no pudo acogerse al fuero por ser suplente —la inmunidad solo aplica para titulares— y porque los delitos por los que era señalado no tenían que ver con sus funciones parlamentarias.

También hay un recurso de hábeas corpus que en 2016 estableció que, cuando los diputados titulares y suplentes no se encuentren en funciones, “no están amparados por esa inmunidad; además, se enfatizó que dicha prerrogativa es en atención al cargo que desempeña el parlamentario y no en función de su persona”.

En relación a jueces y magistrados existe una resolución del pleno de la Corte Suprema de Justicia sobre el procedimiento de antejuicio dispuesto para jueces donde se señala que “dicha garantía constitucional se establece en razón del cargo y no de la persona que lo ostenta. Así, su objetivo esencial es proteger la función pública, al funcionario judicial y al principio constitucional de la independencia judicial, al no permitir que determinados servidores públicos sean desposeídos de su cargo por falsas acusaciones”.

Sin embargo, la Asamblea no tomó en cuenta esta jurisprudencia y perdió la oportunidad de sentar un precedente con el caso del magistrado. El abogado Manuel Escalante, del Instituto de Derechos Humanos de la UCA (Idhuca), considera que los diputados podrían haber rechazado la petición de antejuicio de la Fiscalía y que el magistrado fuera enviado directamente a las órdenes de un tribunal.

“Una vez recibida la petición del fiscal, podrían (los diputados) devolvérsela al fiscal y decirle: ‘Usted tiene que ir directamente al juzgado porque la interpretación que se está haciendo sobre el fuero no es la correcta’. Es decir, el fuero no aplica a la vida privada de un funcionario público y poco aplica a delitos cometidos dentro de esa vida privada, máxime cuando atenta contra los derechos humanos de las personas, sobre todo una menor de edad”, opinó el abogado Escalante.

Si los diputados hubieran rechazado desde un primer momento el estudio del antejuicio, esto hubiera supuesto “un cambio de mentalidad”, señala Manuel Escalante, que los obligaría a “modificar su reglamento interno para ajustar ese nuevo pensamiento a la tramitación de fueros y, si es necesario, modificar también el Código Procesal Penal. Pero no se necesitaría reformar la Constitución, solo que el fuero aplique a la protección del cargo y no a la vida privada de funcionarios públicos”.

Detalle del escrito en manos de los diputados para la formación de una Comisión de Antejuicio en contra del Magistrado Eduardo Jaime Escalante, detenido en flagrancia por la PNC cuando abusaba de una niña de diez años, en la Urbanización Alta Vista de Ilopango.
Foto FACTUM/ Salvador MELENDEZ

Leonardo Bonilla es diputado independiente y miembro de la comisión de legislación y puntos constitucionales que llevó a la sesión plenaria el dictamen de aprobación del antejuicio contra el magistrado Escalante Díaz. A pesar de su voto a favor del antejuicio, Bonilla reconoció que lo correcto era que la Fiscalía ordenara su detención y que luego procediera con la presentación del requerimiento ante un tribunal porque la acusación no se relaciona con las funciones del cargo.

“Es un delito común que no tenía que haber pasado por el proceso de antejuicio, el problema es cómo lo entendería la sociedad, en este momento que el desconocimiento es grande sobre este tema, que yo no diera un voto a favor de crear la comisión y expresar otros argumentos —sostiene Bonilla a pesar de la evidente contradicción. Mejor que la comisión desafuere y proponer la reforma correspondiente”.

Bonilla dice estar trabajando en una propuesta de reforma constitucional para eliminar el fuero, pero no por completo: “Lo que se puede proponer para algunos funcionarios es que no sean detenidos, pero que sí sean custodiados, para que no se abstraigan de la justicia y seguir ejerciendo sus funciones en tanto no sean condenados”.

“En este momento no hay un proceso claro sobre si existe la posibilidad de detener o esperar a que se retire el fuero. ¿Qué sucedió con el exdiputado Roberto Silva Pereira, que está en prisión en Estados Unidos? Al momento de crearse la comisión de antejuicio, él se puso en alerta y huyó —recordó Bonilla. Entonces tenemos esa posibilidad porque no está de forma expresa regulado en la ley”.

A pesar de estos vacíos y el proceder de la Asamblea, el exmagistrado Rodolfo González considera que la respuesta del Estado ha sido rápida y apegada al reglamento.  “El simple hecho de que la Policía lo detuvo y lo llevó a la junta directiva de la Asamblea manda un mensaje de que no importa el nivel de su cargo, que va a ser procesado por lo menos y la condena dependerá de las pruebas y los alegatos que se sucedan en el juicio”.

El 20 de febrero, al día siguiente de la detención del magistrado, el Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia (CONNA), la máxima autoridad nacional en relación a los derechos de esta población, emitió un posicionamiento oficial en el que instó a las autoridades a proceder con el desafuero para “procesar y sancionar el hecho delictivo atribuido al magistrado”, además de rechazar el incremento de los casos de violencia sexual contra la niñez y adolescencia salvadoreña.

El Idhuca considera que la violencia sexual contra menores de edad en El Salvador ya ha alcanzado el grado de epidemia. Según datos recopilados por este instituto, el 84 % de las denuncias por delitos relacionados con la libertad sexual en 2018 tenía por víctimas a menores de edad, es decir, 2,874 menores agredidos en un año.  La situación es aún más grave si se toma en cuenta que por cada caso denunciado existen otros cuatro que no son reportados a las autoridades, una proporción en la que coinciden la mayoría de estudios y centros de investigación sobre este tipo de delitos.

“En este tema, en el abuso de menores, hay una especie de ignorancia o de sepultar el dato que es realmente escandaloso, y que hay que trabajar y en ese sentido el Estado es el encargado de hacer conciencia de este tipo de plaga que tenemos en el país”, dijo José María Tojeira, director del Idhuca.

SOLICITUDES DE ANTEJUICIO ANTE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA:

  1. Francisco Merino, diputado del PCN (2000)

No fue desaforado. La policía lo detuvo mientras manejaba en estado de ebriedad. Tras amenazar a un vigilante en la colonia Escalón, disparó contra una patrulla policial e hirió a una agente.

  1. Orlando Arévalo, diputado de Arena (2002)

No se desaforó porque se desestimó en la etapa de investigación de la comisión de antejuicio. Siguió con sus funciones normalmente. Fue acusado por el delito de desórdenes públicos durante una manifestación de transportistas.

  1. Roberto Carlos Silva Pereira, diputado suplente PCN (2006)

Desaforado. Acusado por los delitos de cohecho y lavado de dinero. Prófugo y actualmente detenido en Estados Unidos por un delito migratorio.

  1. Mario Osorto, diputado Parlacen (2006)

Desaforado. Acusado por asociaciones ilícitas y falsedad material mientras era alcalde de La Unión.

  1. Otto Romero, ministro de la Defensa (2006)

Desafuero desestimado. Acusado por delitos arbitrarios contra los derechos humanos y constitucionales del mayor Adrián Meléndez Quijano.

  1. Rodrigo Samayoa, diputado de GANA (2012)

Desaforado y reinstalado con la devolución de los salarios caídos. Acusado por lesiones, amenazas y expresiones de violencia en contra de las mujeres en perjuicio de su exposa Mireya Guevara.

  1. Ana Vilma de Escobar, diputada de ARENA (2014)

Desaforada y reinstalada mes y medio después. Despojada de su fuero por los supuestos delitos de difamación y calumnia denunciados por expresidente de la República Mauricio Funes, quien finalmente desistió de continuar con la demanda judicial.

  1. Roberto d’Aubuisson, diputado de ARENA (2014)

Desestimado. El desafuero fue solicitado por el entonces presidente de la República, Mauricio Funes, porque DAubuisson lo vinculó en el accidente de un Ferrari ocurrido en febrero, al igual que sucedió con Ana Vilma de Escobar.

  1. Wilver Rivera Monge, diputado suplente PCN (2014)

Desaforado. Acusado y condenado por lavado de dinero y agrupaciones ilícitas, relacionado con la red de narcotráfico de Jorge Ulloa Sibrián, “Repollo”. La Sala de lo Constitucional resolvió entonces que los parlamentarios suplentes no gozan del fuero.

  1. General Atilio Benítez Parada, embajador en Alemania (2016)

Desaforado por los delitos de comercio ilegal y depósito de armas, actos arbitrarios y estafa mientras era viceministro de la Defensa.

  1. Eduardo Jaime Escalante Díaz, segundo magistrado propietario Cámara Tercera de lo Civil (2019)

La Asamblea Legislativa decidió desaforarlo el 1 de marzo. Es señalado por abuso sexual de una menor de edad y fue detenido en flagrancia el pasado 19 de febrero.

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