La Sala de lo Constitucional impuesta por el oficialismo estableció un nuevo criterio, con interpretaciones contrarias a cuatro artículos de la Constitución, para que el presidente Nayib Bukele tenga la posibilidad de buscar la reelección en las presidenciales de 2024.
Por Bryan Avelar*
El presidente salvadoreño Nayib Bukele se ha allanado el camino a la reelección. Cuatro meses después del asalto autoritario que terminó descabezando a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) e instalando a magistrados afines a él, la Sala de lo Constitucional impuesta por Bukele avaló, en una resolución exprés, que el presidente pueda reelegirse de forma inmediata al finalizar su periodo, aun cuando la Constitución lo prohíbe explícitamente al menos en cuatro de sus artículos.
La resolución de la Sala emitida este viernes 3 de septiembre contiene una serie de interpretaciones de varios artículos de la Constitución que prohíben la reelección presidencial contínua. Uno de estos artículos es el 152, que en su ordinal primero establece que no podrá ser candidato a presidente de la República “el que haya desempeñado la Presidencia de la República por más de seis meses, consecutivos o no, durante el período inmediato anterior, o dentro de los últimos seis meses anteriores al inicio del período presidencial”. Sin embargo, la Sala impuesta por el oficialismo el pasado 1.º de mayo cambió las reglas del juego. Así, con una interpretación del mismo artículo ahora Bukele puede competir por la reelección sin necesidad de pasar por una reforma constitucional que tardaría seis años.
La Sala de lo Constitucional es el máximo tribunal de justicia de El Salvador y es la encargada de interpretar la Constitución. El 1.º de mayo de 2021, con la llegada de la bancada oficialista a la Asamblea Legislativa, Bukele se hizo del control de esta tras la destitución de los magistrados que debían terminar su periodo hasta 2027. El oficialismo impuso en la Sala a nuevos abogados, en su mayoría exempleados de Bukele, como el ex asesor jurídico de la Presidencia, José Pérez Chacón; el exgerente de la SIGET, Javier Suárez; o el exabogado del director de la Policía, Nahúm Martínez.
Para los magistrados impuestos, la redacción del artículo 152 “tenía sentido ya que el Constituyente pretendía limitar y otorgar una protección a la población civil frente a la perpetuidad de los Gobiernos militares de la época, al ser amenazas no solo en El Salvador, sino en otros territorios”. Sin embargo, uno de los principales argumentos de la Sala impuesta para interpretar que una reelección ahora es válida es que los tiempos han cambiado, otra premisa propia del discurso de Bukele. “Nos encontramos en un escenario que se rige bajo una premisa básica: ‘el poder reside en el pueblo’, y algo cierto es que ‘el pueblo’ cambia’”, dice el documento publicado en redes sociales la noche de viernes.
Años atrás Bukele también tenía una opinión distinta a la de su actual Sala sobre la reelección presidencial contínua. “La Constitución no permite que la misma persona sea candidata a la presidencia dos veces seguidas. Puede ser presidente ochenta veces si quiere, pero no seguidas. Eso es para garantizar que él no se mantenga en el poder y que no ocupe su poder para quedarse en el poder”, dijo en 2013 en una entrevista televisiva.
“Así, atar la voluntad popular a un texto que respondía a necesidades, contexto o circunstancias de hace 20, 30 o 40 años, resulta ya no garantista, sino una excesiva restricción disfrazada de ‘certeza jurídica’ y el actuar de representantes que se resisten al cambio del soberano, que se resisten a escuchar la voluntad del pueblo es sin duda la mayor de las violaciones al respeto de la soberanía”, añade la resolución.
Los magistrados impuestos consideraron en su interpretación que la Constitución no se refiere al periodo en curso en el que un presidente pretenda reelegirse, sino al anterior. Es decir, esta interpretación permite la reelección inmediata y continua dos veces, pero no tres.
El documento sostiene que prohibirle a un presidente que sea candidato limita el derecho del pueblo a elegir “sin presiones o coacciones indebidas”. A interpretación de los magistrados impuestos por Bukele, un presidente que quiera reelegirse no solo no tiene ventajas por estar en el poder sino que más bien está en desventaja. “Cuando el presidente de la República en funciones ejerce su cargo en perjuicio del pueblo, lo que se tiene no son precisamente ventajas, sino un escrutinio más profundo sobre su candidatura que sobre el resto de candidatos”.
La resolución de la Sala impuesta contraría, además del 152, otros tres artículos de la Constitución salvadoreña. El 88 que obliga a la alternabilidad del poder, el 152 ordinal uno que prohíbe ser candidato a quien ejerció el cargo por seis meses continuos o no, durante los seis meses anteriores a la postulación o en el periodo inmediato anterior, y el 154 que establece que el periodo presidencial durará cinco años y “ni un día más”.
Enrique Anaya, el abogado que presentó la demanda que originó el pronunciamiento de los magistrados de Bukele, considera que lo que han hecho estos abogados es “desinterpretar” la Constitución de la República. La Sala impuesta deshizo, además, lo que ya en 2014 había sentenciado la Sala de aquel momento cuando determinó que la candidatura presidencial para un nuevo período del expresidente Antonio Saca fue inconstitucional porque quien ha ejercido la presidencia solo puede buscar un nuevo período cuando hubieran transcurrido 10 años.
En la resolución de 2014, la Sala de lo Constitucional consideró que “al evitar la ocupación reiterada del poder por una misma persona se contribuye a la pureza o regularidad de los procesos electorales […] al limitar el ejercicio del sufragio pasivo de quienes estarían en condiciones de utilizar las instituciones del Estado como instrumento de presión indebida sobre el cuerpo electoral”.
“Estos usurpadores están reescribiendo una Constitución. Ni siquiera me atrevo a decir que es una resolución. Lo que ellos han hecho jurídicamente tiene el valor de un papel higiénico usado”, señaló Anaya.
Anaya no solo critica lo resuelto por los magistrados impuestos, sino la forma en que lo hicieron. Él presentó la demanda contra una ciudadana que promovió la reelección presidencial porque el artículo 75 de la Constitución dice que pierden sus derechos ciudadanos quienes “suscriban actas, proclamas o adhesiones para promover o apoyar la reelección o la continuación del Presidente de la República, o empleen medios directos encaminados a ese fin”.
La demanda fue admitida por la anterior Sala de lo Constitucional, la que fue destituida por la Asamblea de Bukele, pero el caso nunca se abrió a pruebas, es decir, Anaya nunca tuvo oportunidad de presentar las pruebas para sostener su planteamiento. Con ese pretexto los magistrados impuestos la desestimaron y abrieron la puerta a la reelección.
“Ocuparon el caso que yo inicié como excusa, por la chirria que me tienen. Esto está hecho en Casa Presidencial, la redacción es idéntica a la redacción a la de esos decretos locos que aprueban en la Asamblea. Están diciendo lo contrario que dice la Constitución: lo contrario a lo que dicen los artículos 88, 152, 154 y 248”, señaló el constitucionalista.
La noticia de esta sentencia ha sido recibida con mucha preocupación por la comunidad internacional. A través de su cuenta de Twitter, José Miguel Vivanco, director de Human Rights Watch escribió: “El mismo libreto que usaron Daniel Ortega y Juan Orlando Hernández. La democracia en El Salvador está al borde del abismo”.
El presidente Bukele no ha reaccionado y se ha mantenido en silencio a través de sus redes sociales que son el medio por el que usualmente divulga su postura. En 2013, tenía claras las prohibiciones constitucionales para la reelección presidencial.
Pero funcionarios de Gobierno y personajes afines a Nuevas Ideas ya empezaron a divulgar la idea de una reelección de Bukele en el 2024. Ricardo Cucalón, director general de Migración y Extranjería, publicó una imagen en su cuenta de Twitter donde se ve a un súper héroe con la cara de Bukele y encima una leyenda “Reelección 2024-2029”. También el secretario jurídico de la Presidencia, Conan Castro tuiteó “Ahora el pueblo salvadoreño tiene la oportunidad de continuar por el camino de las transformaciones que ya inició. EL SALVADOR 2024-2029”.
La obediencia del árbitro electoral
Horas después de que la Sala impuesta por Bukele hiciera pública su resolución, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) emitió un comunicado plegándose a la interpretación ilegal. “El máximo organismo electoral acatará las disposiciones emitidas por el máximo tribunal del país en materia constitucional en las cuales se establece la opción de inscripción del presidente de la República como candidato a la Presidencia de la República para un segundo término”, dice el comunicado publicado en la cuenta oficial de Twitter del TSE.
En la tarde de este sábado, horas después de publicado el comunicado del TSE, el magistrado del organismo colegiado Julio Olivo publicó su reacción en su cuenta de Twitter. “Estoy muy sorprendido por ese comunicado, el organismo colegiado no sesionó para discutirlo. Es un acuerdo exprés surgido de un nuevo chat de la magistrada presidenta”, escribió Olivo.
El funcionario cuestionó la celeridad con la que sus compañeros se pronunciaron cuando hay decenas de casos y denuncias que “duermen el sueño de los justos”,.
“El acuerdo no tiene validez porque no se ha tomado en Organismo Colegiado. Estoy sorprendido que en menos de 24 horas de la resolución los magistrados se pronuncian a favor de la sentencia, cuando otros acuerdos de comunicados se tardan meses”, recalcó.
Para Rodolfo González, exmagistrado de la Sala de lo Constitucional, el documento emitido por la Sala de lo Constitucional de Bukele la noche del pasado 3 de septiembre es ilegal.
“La Constitución de 1983 es bien clara, no puede ser más clara: que el período presidencial dura cinco años, que la persona no puede estar ni un día más; es una cláusula pétrea, ni siquiera vía reformas constitucionales se puede habilitar eso, mucho menos por interpretación de una Sala, en el entendido que fuera una sala legítima. La Constitución es muy clara: el presidente no puede buscar una reelección”, dijo González a Factum.
En su interpretación, la Sala impuesta consideró que cuando la Constitución dice “periodo inmediato anterior” se refiere al anterior al que un presidente se postule como candidato. “Así, sí ‘X’ fue electo Presidente en el quinquenio ‘A’, puede inscribirse para el quinquenio ‘B’, mas no para el quinquenio ‘C’. Esto porque el período inmediato anterior no se refiere al quinquenio ‘A’ sino al quinquenio previo del Presidente ‘Y’”, dice la resolución.
La Sala impuesta se pronunció sobre este tema tres días antes de que entre en vigencia la Ley Bitcoin, una de las más polémicas y rechazadas por la población en lo que va del mandato de Bukele. Ocurre también semanas después de que El Faro publicó pruebas de que el Gobierno de Bukele también negoció la reducción de homicidios con las tres principales pandillas.
El gobierno prepara además una serie de reformas a la Constitución entre las que, entre otras cosas, se plantea ampliar el periodo presidencial de cinco a seis años. Este paquete de reformas está siendo elaborado por un equipo ad hoc liderado por el vicepresidente Félix Ulloa, quien en varias ocasiones se ha manifestado en contra de una reelección contínua. Tras conocerse la noticia de este viernes, Ulloa se ha mantenido callado.
Bukele es un presidente que en sus apenas dos años y tres meses de mandato ha mostrado gestos de autoritarismo que podrían llevar a El Salvador a una pérdida total de su democracia e incluso a la instauración de una nueva dictadura, según lo han expresado importantes organismos nacionales e internacionales incluida la Casa Blanca.
Desde que llegó al poder, Bukele ha ido por todo el control, pero desde el pasado 1.º de mayo el giro de timón ha sido más acelerado. Luego de tomar el control de la Asamblea Legislativa al obtener 66 de los 84 diputados, Bukele ha dado varios golpes a la democracia. El mismo día que destituyó a los cinco magistrados de la Sala de lo Constitucional también destituyó al fiscal general, Raúl Melara, quien investigaba al gobierno de Bukele por una presunta negociación entre las pandillas y su gobierno y por irregularidades en las compras de la pandemia.
El pasado 31 de agosto, la Asamblea controlada por Bukele aprobó una serie de reformas a la Ley de la Carrera Judicial que jubiló de un plumazo a un tercio de los jueces y magistrados del país, incluyendo a jueces que ven casos de relevancia nacional como el caso de la Masacre de El Mozote y lugares aledaños donde fueron asesinadas casi mil personas por el Ejército.
*Con reportes de Loida Avelar, Jessica Ávalos y Fernando Romero
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