Juez del caso El Mozote pide a Defensa informe sobre ley que obligaba documentar operaciones durante la guerra

Uno de los principales obstáculos dentro del juicio por la masacre de El Mozote es la falta de información oficial sobre los operativos militares, que servirá para individualizar responsabilidades. Sin embargo, las diligencias del juez del caso intentarán desmontar la negativa histórica de la Fuerza Armada: las leyes de la época obligaban a documentar las acciones militares durante la guerra.

Foto FACTUM/Gerson Nájera


El juez Segundo de Primera Instancia de San Francisco Gotera, que lleva el caso de la masacre del caserío El Mozote y lugares aledaños, emitió una resolución este lunes 23 de octubre con varias peticiones de información dirigidas a la Presidencia de la República que intentará solventar una negativa histórica de parte de la Fuerza Armada.  Esta petición formal es una mediación que realiza el juzgado a través de la Secretaría para Asuntos Legislativos y Jurídicos de la Presidencia, pero es competencia del Ministerio de la Defensa Nacional responder a lo solicitado.

Una de las peticiones del juez Jorge Alberto Guzmán Urquilla consiste en brindar un informe especial sobre la Ley Orgánica del Ministerio de Defensa de 1961, específicamente de su artículo 44.  Este artículo dice: “En tiempo de guerra, la organización, jurisdicción y misiones de las unidades operativas, se establecerán en los documentos directivos y ejecutivos que elabore el Estado Mayor General de la Fuerza Armada”.

Ley Orgánica del Ministerio de la Defensa, 1961.

La relevancia de esta petición radica en la negativa persistente del ministerio sobre la información relativa a la operación Rescate que se llevó a cabo entre el 10 y 13 de diciembre de 1981 en varios municipios al norte de Morazán. Reticencia que se ha mantenido incluso después de ser reabierto el caso en septiembre de 2016.

La primera negativa de información militar documentada se remonta a 1993, con el informe de la Comisión de la Verdad, cuando el ministro de Defensa de la época, René Emilio Ponce, dijo que esa información era inexistente.

Extracto del Informe de la Comisión de la Verdad.

De hecho, los acusadores particulares han solicitado desde la apertura del caso en 2006, pero esa petición no llegó a Defensa porque entonces el caso se archivó al estar vigente la Ley de Amnistía. Esto impidió cualquier avance en la investigación y no fue hasta que se reinició el proceso judicial, el año pasado, cuando se pudieron retomar las diligencias. Sin embargo, la respuesta ha sido siempre la misma: la información no existe.

“Tenemos esa lamentable respuesta en el sentido que no existe absolutamente nada, ningún registro de operativo, de las unidades que participaron, no solo del batallón Atlacatl, que no hay ni una nómina completa de los militares ni siquiera la planilla de soldados”, dijo David Morales, acusador particular.

El fiscal del caso, Juan José Benavides, dijo a Revista Factum que aún no habían recibido la notificación sobre esta última resolución dirigida a Presidencia. Pero detalló que hace aproximadamente dos semanas presentaron al juzgado dos cajas con más de 1,000 folios sobre diligencias, entre ellas una petición al Ministerio de la Defensa para indagar sobre la participación de algunos oficiales en los hechos.

“Ahí está una respuesta del Ministerio de la Defensa detallada, de cuál fue el procedimiento que siguieron para la búsqueda de esta información, con la que concluyen que no se encuentra la información solicitada; no obstante, se incluyen nóminas de los oficiales y los periodos en los que desempeñaron el cargo”, aseguró Benavides.

De hecho, Fiscalía asegura que la no presentación de la información será una línea de investigación para determinar qué fue lo que sucedió con esos archivos, y que serán las autoridades castrenses las que tendrán que responder entonces, indicó Benavides.

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Como antecedente de un caso similar donde Defensa denegó información,  la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia ya había resuelto, en enero de este año, que el ministerio debía reconstruir la información relativa a dos masacres contra civiles cometidas por el Ejército durante el conflicto armado interno en los departamentos de San Vicente y Cuscatlán. Esto en relación a la solicitud que realizó en 2014 la ONG Madeleine Lagadec a través del Instituto de Acceso a la Información (IAIP).

En abril de 2017, el ministro David Munguía Payés alegó que esa información no existía y que la institución castrense no tenía un sistema de resguardo y clasificación de información en esa época, según publicó El Diario de Hoy.

Para los abogados defensores este sería el principal argumento para desmontar la acusación contra los 18 militares imputados por la masacre de El Mozote: que no existe una orden para comprobar que ellos son autores intelectuales de la ejecución de más de 1,000 personas. Además de violaciones sexuales, robos y quema de viviendas, entre otros hechos que son parte de la acusación por nueve delitos tipificados en el Código Penal de 1973, vigente al momento de los hechos.

“En este caso la única manera de emitir una condena contra fulano de tal es con prueba directa, no hay otra manera. Aquí se exige certeza. (…) En este juicio se discuten dos cosas: si los hechos existieron y si pueden ser atribuidos a personas naturales en concreto. Ese es el punto”, dijo el abogado defensor, Lisandro Quintanilla, el pasado 12 de octubre, tras la declaración de la testigo Dorila Márquez.

Factum: Abogado, ¿se puede alegar que ellos siendo del  Alto Mando no conocían esa orden?

Lisandro Quintanilla: No, yo no estoy alegando eso, pero yo no he visto esa orden, ¿usted la ha visto?

Factum: No, yo no la he visto porque la FAES no la presentó.

Lisandro Quintanilla: ¿Entonces? No sé de qué orden me está hablando usted…

LAS OTRAS PETICIONES DEL JUZGADO A DEFENSA

El juez Segundo de Primera Instancia Jorge Alberto Guzmán también pidió, a través de la resolución, que se entregara el listado de militares que integraban el régimen especial durante las operaciones militares que se desarrollaron en el norte de Morazán en los días de los hechos juzgados; el cargo de los 18 imputados durante 1980 a 1992; el listado de las tropas presentes en el lugar de los hechos; documentos de organización de equipos; directores y jefes superiores de las escuelas de defensa; copia certificada de los instrumentos legales relativos al Ministerio de la Defensa; y el informe del Instituto de Medicina Legal (IML) sobre nómina de los peritos antropólogos y antropólogos forenses que han participado en las exhumaciones de los restos óseos de las víctimas. de la masacre.

 

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