La comisionada Herminia Funes no está de acuerdo con los tres criterios que la Sala de lo Constitucional enunció para que la Corte Suprema de Justicia se excuse de responder solicitudes de acceso a la información pública. No los reconoce. Los únicos límites del acceso a la información están en dos artículos de la ley y no hay nada más, dice en esta entrevista. Funes pertenece a la primera generación de comisionados del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) que fueron juramentados en 2013. Desde entonces, cuenta que ha visto desfilar a funcionarios públicos que no entienden -o no quieren entender- la transparencia. Ha escuchado todo tipo de excusas de las instituciones estatales para no entregar información pública. Pero ahora se dice sorprendida por los criterios expuestos por la sala.
Foto FACTUM/Salvador Meléndez
Los cinco magistrados de la Sala de lo Constitucional firmaron una resolución de amparo el lunes 23 de octubre de 2017 en la que, en un paréntesis, aprovecharon para hablar de solicitudes de información que han llegado a la Corte Suprema de Justicia. Ellos creen que ha habido excesos en algunas solicitudes y entonces establecieron criterios por lo que la corte no debe responder: si la información pedida es superficial y no tiene interés público, si su búsqueda y sistematización va a implicar que se sobrepasen las capacidades institucionales y, si se pide información que no existe, que se tenga que reconstruir. El IAIP se posicionó días atrás en contra de esos criterios. Y lo acompañó el conglomerado de organizaciones sociales del Grupo Promotor de la Ley de Acceso a la Información Pública, el Centro de Estudios Jurídicos y hasta el gobierno. Calificaron las tres consideraciones como un retroceso en el acceso a la información pública y exhortaron a los magistrados a retractarse.
Han pasado once días desde la resolución y este viernes 3 de noviembre estamos en la oficina de la comisionada Herminia Funes, en el IAIP, para esta entrevista. En estos pocos días que han pasado desde la resolución, ya hay dos instituciones que se han amparado en los criterios de la sala para no entregar información pública. Funes cree que podría haber más instituciones que tomen el ejemplo y que el IAIP tenga que conocer más apelaciones. Pero advierte que si los funcionarios creen que van a poder ocultar información bajo esos tres criterios, el instituto los va a corregir y al final van a quedarse con una mala imagen.
Comisionada, ¿el IAIP ya empezó a recibir apelaciones por solicitudes de información que han sido rechazadas bajo los nuevos criterios que estableció la Sala de lo Constitucional?
Esta semana hemos recibido un informe de parte de la Alcaldía de Antiguo Cuscatlán en el que citan lo dictado en la resolución de cumplimiento de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia y son los argumentos bajo los cuales dicen que no se puede brindar la información. Y también tenemos conocimiento de otra que se ha dado y que ha sido justamente de la misma Corte Suprema de Justicia. Entonces, ya el instituto está empezando a conocer estos casos de manera puntual.
¿Ya cuantificaron los costos procesales por un posible aumento en las apelaciones, precisamente porque las instituciones públicas van a empezar a negar información bajo estos nuevos criterios?
Fíjese que se dio un dato curioso y que para nosotros fue un dato importante: cuando nosotros tuvimos el conversatorio con los amigos de la prensa, la invitación fue dirigida a los colegas periodistas, justamente para comentar sobre esta resolución y cuál era la lectura que se hacía desde el instituto. Pero empezaron a llamar oficiales de información de las instituciones y nos decían: ¿podemos estar en ese conversatorio a efecto de conocer cuál es la postura del instituto? Nosotros podemos interpretar que por parte de los oficiales de información, y a lo mejor de quienes dirigen las instituciones, habría interés de conocer cuál es la postura que vamos a tener. ¿Y por qué es importante? Porque los oficiales de información, pensamos nosotros, no se van a dejar llevar por lo que ha planteado la Sala de lo Constitucional. En el tema de transparencia y de información pública, si bien se ha avanzado de manera importante, también hay muchos funcionarios que no quieren dar a conocer lo que están haciendo, no quieren transparentar su gestión. Ya hay instituciones que están citando el fallo que ellos (la Sala de lo Constitucional) dieron para negar información y seguramente habrá muchas instituciones opacas que querrán hacer lo mismo.
Entonces, en el plano ideal, ustedes no están esperando una oleada de apelaciones; pero en la práctica, tampoco ignoran que las instituciones podrán buscar la forma de acudir a esos criterios para negar información.
Por supuesto. Pero, a ver, en la mayoría de instituciones, en las municipalidades, algún jurídico deben tener. Y me imagino yo que ellos podrán explicarles: se trata de un amparo, no ha sido una inconstitucionalidad, y los efectos de un amparo no son los mismos de una inconstitucionalidad. Entonces, ellos deben saber también que si hacen uso de estos criterios establecidos, cuando las apelaciones vengan al instituto, nosotros vamos a aplicar la Ley de Acceso a la Información Pública y los límites de acceso, hoy por hoy, los están marcando los artículos 19 y 24. No más. En ese entendido, nosotros creemos que estas instituciones son responsables y harán una interpretación correcta. Pero tampoco hemos dejado de lado esa posibilidad importante de que haya instituciones que se amparen en esto y el número de casos se aumente de forma considerable. A todas luces es posible que se dé.
¿Y el IAIP tiene la capacidad económica para la eventualidad de que aumenten las apelaciones?
Fíjese que iniciamos nuestras funciones en 2013 sin presupuesto. Tampoco hicimos magia para trabajar, sino que hubo alianzas estratégicas con la cooperación norteamericana y la europea que nos permitieron poder arrancar. Al mes de haber sido juramentados, ya estábamos conociendo los primeros casos y no teníamos presupuesto ni personal contratado. Tenemos ahora un presupuesto sumamente limitado (alrededor de 1.3 millones de dólares) y tenemos una unidad jurídica plenamente conformada. Y creo yo que ante situaciones como esta sí estamos preparados para responder de manera responsable. Obviamente, no tenemos las mejores condiciones, pero algo habrá que hacerse. Es que todos estos avances que se han dado no pueden venir a verse opacados por esta resolución de la Sala de lo Constitucional y por la interpretación que se le pueda dar.
¿Le parece que la Sala de lo Constitucional no midió todas las consecuencias?
Ellos pusieron hasta un ejemplo para ilustrar por qué consideran que la información es superflua, pero, ¿cuánta información hemos conocido justamente por estas peticiones que se han hecho? Existe ya mucha jurisprudencia internacional que nos habla, en primer lugar, de que no tiene por qué pedirse justificación de para qué quiere usted equis o ye información. Casos como saber el uso de vehículos del Estado para fines personales. ¿Es eso superfluo? Quizás. Pero son fondos públicos. Incluso, se conoció el caso de la hija de un magistrado que en algún momento corrió en El Jabalí con un vehículo nacional por el que todos pagamos impuestos. Entonces, ¿es superfluo? Desde la compra de un lápiz, aunque sea un gasto mínimo, se hace con fondos públicos. Parece que hay funcionarios que se sienten intocables o que piensan que no le tienen que rendir cuentas a nadie. Basta con hacer un voto de humildad y entender y decir: no soy el dueño de esta información. La información es pública.
La suma de las superficialidades resulta en una cifra revelante…
Así es, totalmente. Mire usted, el tema del gasto que tuvo una institución en bebidas alcohólicas. ¿Las bebidas alcohólicas son un tema superfluo? Puede ser. Pero cuánto costaron todas esas bebidas. Y así es con la compra de chocolates. Y es que hasta de eso que podemos llamar superfluo hay que rendir cuentas, porque es dinero público lo que se invierte.
Entonces, a su parecer, y como lo citaron los magistrados, ¿es superficial la información de cuánto se gasta en lapiceros, lápices, fólderes, papel bond, café? Precisamente porque hay una solicitud en la que les pidieron todos estos datos.
Yo estoy convencida de que de cualquier centavo que usted invierta, que no le pertenece, porque es un dinero que proviene de las arcas del Estado, usted debe rendir cuentas. Y yo como funcionaria no puedo andar catalogando qué es superfluo y cuál es la información que sí debo dar y cuál es la que no debo dar a conocer. Es decir, son dineros públicos los que usted está manejando, por lo tanto es válido que cualquier persona solicite esta información a efecto de hacer contraloría social. Si se trata de su dinero, nadie tiene que estar supervisándolo. Pero en estos casos no se trata de su dinero, por lo que considero que no existen criterios válidos para que usted no dé esa información.
Los magistrados dicen que su intención no es poner límites generales para el acceso a la información y que los criterios que pronunciaron son específicamente sobre las solicitudes que han llegado a la Corte Suprema de Justicia. ¿Usted está de acuerdo con esa postura?
Ellos dicen que no se trata de poner límites, pero cómo se le puede llamar entonces cuando ellos dicen que a la Corte Suprema de Justicia no se le va a poder pedir información que consideren superflua. ¿Quién va a calificar que la información es o no superflua? Eso es un límite para la persona que quiera conocer una información. Otra: qué va a pasar con la persona que quiera conocer una información que para completarla significa que va a rebasar las capacidades de la institución o que tiene una clara intención de llenar de carga de trabajo a la institución, etcétera. Hablemos de la Sección de Probidad, ¿están poniendo límites para todas las personas que quieran conocer cuáles son los exámenes que hace la sección a los funcionarios que terminan sus períodos? Entonces, son límites, no creo que exista otro nombre para eso. O a lo mejor le puedo llamar retroceso, involución del derecho al acceso a la información pública. Y acá los salvadoreños aprendemos rápido: ya esta municipalidad (de Antiguo Cuscatlán) hizo uso de esta resolución a solo días de haberse conocido. Esperamos que no vaya a haber un top ten de instituciones que sigan el ejemplo, porque al final lo que van a reflejar es la opacidad con la que muchas instituciones trabajan o quisieran seguir trabajando.
El último criterio de la sala dice que las instituciones no están obligadas a generar información que es inexistente y que no le corresponde porque se trata de información de administraciones anteriores. ¿Usted cree que peligra la creación de archivos históricos de las instituciones que ordena la Ley de Acceso a la Información Pública?
Hay un caso en que el instituto le ordenó al Ministerio de la Defensa reconstruir información. Ellos apelaron a la Sala de lo Contencioso Administrativo y la sala justamente nos dio la razón. ¿Pero qué pasa ahora con esto que ha dicho la Sala de lo Constitucional? ¿Hay una contradicción? ¿No se comunican entre salas? ¿No se ponen de acuerdo para dictar este tipo de criterios? Para nosotros ese último criterio sí representa un peligro. Uno puede hacer muchas lecturas, algunas pueden ser muy atrevidas o quizás pueden estar lejos de la realidad. Pero es que estas resoluciones se prestan para entenderlas de diferentes maneras y una muy clara es que El Salvador no cuenta con una buena gestión documental y el instituto emite lineamientos y estamos trabajando con las instituciones en la línea de reconstruir información. ¿Pero qué va a pasar ahora con ese criterio que dicta la sala? ¿Será que solo con la Corte Suprema de Justicia ninguna persona va a poder conocer? Este país no se distingue necesariamente por su transparencia institucional, la corrupción nos golpea fuerte, y si bien es cierto que con la Ley de Acceso a la Información Pública no se combate directamente la corrupción, al final sí representa una herramienta preventiva sobre todo.
En el caso específico de la Defensa Nacional, con esos criterios, ¿la Fuerza Armada ahora puede ampararse para reiterar su discurso de que no existen archivos de la guerra y, por ejemplo, puede excusarse ante el juez del caso de la masacre de El Mozote de que no hay información sobre los operativos en Morazán en 1981, aunque la ley de entonces obligaba a crear informes?
En el caso que conocimos sobre el Ministerio de la Defensa, acerca de la información militar sobre unas masacres de 1983 y 1985, nos dijeron que no había informes porque los operativos no eran planificados, que de casualidad se encontraban en los lugares. Una lectura rápida de la historia a usted le dice que eso no puede ser creíble. Usted elabora su plan y usted debe llevar un registro. Entonces, ¿ha habido personas interesadas en que estos archivos desaparezcan? La tradición en el país lamentablemente ha sido esa. Hay funcionarios que han hecho desaparecer información. Lo han hecho las municipalidades. Ahora, con el Ministerio de la Defensa, al hablar de la guerra, toda información relevante es inexistente. ¿Acaso en aquel tiempo no conocían los lápices, los bolígrafos, las máquinas de escribir? ¿O realmente todo fue improvisado? Yo creo que el margen de duda no es muy grande. Si desde ya hemos enfrentado una negativa a que se nos entregue información, ¿qué va a pasar ahora si se le ocurre al señor ministro actual citar lo que ha establecido la honorable Sala de lo Constitucional? El mensaje que se ha enviado es muy malo. Yo creo que el país debe avanzar en democracia, en transparencia, pero no estamos dando señales de que estemos apostando a esa dirección.
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