El presidente del CONNA es procesado por violencia intrafamiliar

La máxima autoridad de la institución que dirige el sistema de protección de la niñez y adolescencia, Erick Dexahí Romero Mena, atraviesa un proceso judicial tras ser denunciado por ejercer cuatro tipos de violencia contra su familia. Educo, organización que lo despidió tras la denuncia de la víctima, solicitó al Consejo Directivo del CONNA que separe al funcionario de su cargo. Este lo ratificó como presidente, pese a conocer del caso por aviso de la misma víctima.

Ilustración FACTUM/Victoria Delgado


Erick Dexahí Romero Mena, presidente del Consejo Directivo del Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia (CONNA), la institución que vela por el cumplimiento y respeto de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, ha sido acusado judicialmente por violencia intrafamiliar. Las víctimas, según la denuncia, son una mujer adulta, una niña y un niño. En diciembre de 2020 fue despedido de la Fundación Educo por esa situación. 

El caso ingresó a uno de los Juzgados Especializados de Instrucción para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres de San Salvador el 24 de septiembre de 2020, según el libro de entrada de expedientes, un documento disponible para la consulta pública. En ese proceso el acusado no se presentó a las audiencias preliminar y pública. El juzgado tuvo que emitir medidas de protección para la víctima, entre estas una prohibición para que Romero Mena no llegara a la casa de su familia, y remitió el caso a la Fiscalía General de la República (FGR).

El 11 de octubre 2020, el acusado se presentó a la casa de la denunciante, violando las medidas judiciales impuestas por el juzgado especializado, situación por la que permaneció detenido durante 72 horas en unas bartolinas policiales. El plazo de las medidas de protección establecidas para la víctima fue ampliado a un año y, a la fecha, el presidente del CONNA tiene vigentes restricciones para no acercarse a su familia, no debe ingerir bebidas alcohólicas, perdió la custodia de sus hijos y debe depositar $300 cada mes para cubrir gastos de manutención.

El presidente del CONNA tiene un historial de denuncias por violencia intrafamiliar, según está documentado en un Juzgado de Familia desde septiembre de 2015. En el proceso más reciente, el Juzgado Especializado de Instrucción para una Vida Libre de Violencia notificó en febrero pasado a la Fiscalía para que lo investigue. Sin embargo, siete meses después, el caso sigue entrampado y sin avances. 

Según la ley y de acuerdo con abogados especialistas en casos de familia, cuando la Fiscalía recibe una notificación con antecedentes de violencia intrafamiliar tiene un plazo de tres meses para hacer una investigación que permita conocer si fue cometido un delito común. El siguiente paso en el proceso es notificarlo a un juzgado de Paz. Ese trámite, a la fecha, sigue pendiente. 

 El Consejo Directivo del CONNA, conformado por representantes de cinco ministerios, de ocho organizaciones de la sociedad civil, de la Procuraduría General de la República (PGR) y por la presidencia de COMURES, tuvo conocimiento de la denuncia en julio pasado; y en lugar de cuestionar o investigar a Romero Mena por su actuación personal; lo ratificó en el cargo como la máxima autoridad de la institución; nombramiento del que goza desde 30 de mayo de  2021 y por el cual recibe una dieta de $70 por sesión. No tiene un salario asignado, porque no es empleado directo del CONNA. Integra el Consejo Directivo desde junio de 2019 cuando ingresó como representante propietario de Educo. 

Romero Mena, quien forma parte de ese Consejo en representación de la sociedad civil, ejerce en medio de la pasividad de las instituciones que conforman el sistema de protección de niñez y de adolescencia, que no han tomado en cuenta su proceso judicial. 

Los representantes de las instituciones de Gobierno y de la sociedad civil que conforman el CONNA recibieron detalles de la denuncia en un correo electrónico. En una reunión virtual, a través de la plataforma Microsoft Teams, celebrada el pasado 8 de julio, el viceministro de Justicia y director general de Centros Penales, Osiris Luna Meza, la Procuradora General de la República, Miriam Gerardine Aldana y la viceministra de Trabajo, Maritza Haydée Calderón de Ríos, abordaron el caso como “situaciones personales y familiares acaecidas dentro de su matrimonio, así como la referencia de distintos procesos judiciales promovidos en perjuicio del licenciado Romero Mena”. Se enteraron de que los afectados son una mujer adulta, un niño y una niña. 

La denuncia fue enviada por la víctima, según el acta versión pública de la sesión ordinaria XI 2021.  En la reunión también participaron Xiomara Méndez, representante de Save The Children; Celina Rodríguez, de Plan Internacional; Fernando Martínez, de la Organización de Niños, Niñas y Adolescentes de la Comunidad Emmanuel; y Allan Roberto Herrera, de CORDES. Después de abordado el tema se incorporó a la reunión la activista de derechos humanos Celia Medrano. 

Integrantes de las instituciones de Gobierno y de la sociedad civil que conforman la red de atención compartida para velar por los derechos de la niñez posaron para una fotografía en noviembre de 2019, cuando fueron ratificados en el Consejo Directivo del CONNA por un período de dos años. El segundo de izquierda a derecha, de pie, es Erick Romero Mena, y a la par está Alicia Ávila, directora País de Educo. Foto: Facebook.

Romero Mena, según el breve resumen del caso plasmado en el acta pública, expuso su versión de los hechos y presentó copias de las resoluciones judiciales y de las diligencias legales relacionadas con “sus problemáticas familiares”, como le llamaron a la denuncia por cuatro tipos de maltrato: físico, psicológico, patrimonial y económico.  Luego presentó la renuncia a su cargo como presidente y miembro del Consejo Directivo del CONNA. Pero el pleno, basado en el “respeto a la presunción de inocencia” del acusado, resolvió que era pertinente que siguiera en su cargo y pidió a las instituciones relacionadas que acompañen la denuncia “para garantizar las reglas del debido proceso…y la prioridad absoluta de sus hijos”. En el acta de la reunión no están detalladas las medidas a favor de las víctimas. 

El CONNA tiene entre sus funciones el diseño, aprobación y vigilancia de la Política Nacional de Protección a la Niñez y Adolescencia, en coordinación con la red de instituciones del Estado y organizaciones de la sociedad civil. También vigila los derechos de los niños, niñas y adolescentes sujetos a adopción en coordinación con entidades públicas y privadas que participan en esos procesos. “Tiene la facultad de denunciar ante los órganos competentes las acciones u omisiones de servicios públicos y privados que amenacen o violen los derechos de las niñas, niños y adolescentes”, detalla el reglamento interno y de funcionamiento de la institución. 

“Este pleno reconoce que en un Estado Constitucional de Derecho es indispensable el respeto de las garantías constitucionales reconocidas en la norma suprema, y, además, confía en las decisiones que las instituciones democráticas dictan en los asuntos familiares sometidos a su conocimiento”, dice un fragmento del acuerdo emitido por el Consejo Directivo del CONNA a favor de Romero Mena. 

Un proceso al margen de la ley

Haber sido sancionado en los últimos cinco años, en sede judicial o administrativa, por violación a los derechos de las niñas, niños o adolescentes o por violencia intrafamiliar es una causal para que una persona de la sociedad  civil deje de ser parte del Consejo Directivo del CONNA, según lo establece el artículo 143 de la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia (LEPINA).

Con su permanencia en el cargo al frente de la institución que abandera el respeto de los derechos de la niñez, al ser parte de un proceso de violencia contra su familia, se transgreden al menos tres normativas: la LEPINA, el reglamento de Funcionamiento del CONNA y la Ley de Procedimientos Administrativos (LPA).

El reglamento del CONNA dice que cuando el Consejo Directivo tenga información, por cualquier medio, sobre la existencia de una causal de la pérdida de idoneidad de las personas representantes de la sociedad civil se debe instalar una audiencia y se notificará a la persona interesada el proceso en un plazo máximo de tres días hábiles. Luego de ese término, el Consejo Directivo debe señalar una fecha para la realización de una audiencia única, donde se recibirán las pruebas y se escucharán los alegatos del interesado y se centrará en la recopilación de pruebas para establecer la veracidad o falsedad de los hechos. La investigación se realizará a través de la Dirección Ejecutiva.

Según el reglamento, la discusión de una denuncia debe iniciar con la exposición de los hechos por parte de la persona que preside la audiencia; luego se debe incorporar la prueba sobre los hechos. Las pruebas son valoradas según las reglas de la sana crítica y, al final de la audiencia, el Consejo Directivo debe tomar su decisión final por mayoría. 

Ese procedimiento no se cumplió. La denuncia contra Romero Mena fue abordada en una sesión de Consejo Directivo presidida por él mismo y en la audiencia no tuvo participación la directora ejecutiva del CONNA, Linda Amaya de Morán. El denunciado fue juez y parte en su procedimiento administrativo, pues firmó el acta en la que ratificaron su cargo. Esta revista buscó a Amaya de Morán para hablar sobre las irregularidades identificadas en el abordaje del caso, pero no hubo respuesta. 

Romero Mena tampoco accedió a hablar sobre el tema y remitió a la oficina de comunicaciones de Casa Presidencial y a la dirección ejecutiva del CONNA para solicitar una entrevista. Se le explicó que por tratarse de un asunto que lo relacionaba de forma directa se le buscaba directamente, y dijo que remitiría con su abogada. Hasta el cierre de esta publicación eso no ocurrió. 

Los artículos 3 y 36 de la Ley de Procedimientos Administrativos establecen que las actuaciones de la administración pública deben ceñirse bajo el principio de legalidad y que los procedimientos administrativos pueden ser anulados cuando sean contrarios al orden jurídico. El Centro de Asesoría Legal Anticorrupción en El Salvador (ALAC), entidad que solicita que el presidente del CONNA sea inhabilitado en su cargo, explica que la ratificación del puesto en la presidencia del Consejo Directivo es ilegal, porque la LEPINA dice con claridad que un miembro deja de ejercer cuando renuncia, situación por la que queda automáticamente descartado para ser ratificado. 

El acta pública de la sesión del 8 de julio evidencia que el CONNA, al desproteger a los niños afectados, violó la LEPINA y que, además, existieron fallos en el manejo de la denuncia por parte de la institución que tiene como mandato velar porque se respeten los derechos de la niñez.

A juicio de ALAC, el acusado podría utilizar su posición de funcionario para obtener beneficios en los procesos judiciales que enfrenta. Los integrantes del Consejo Directivo tuvieron que haber aceptado la renuncia de Romero Mena, pues la LEPINA, en el artículo 143 literales “c” y “d”, dice que un miembro de la sociedad civil puede dejar de ser miembro del consejo por renuncia al cargo, que es una decisión personal. 

El Instituto de Derechos Humanos de la UCA (IDHUCA), representante legal de la víctima, le suma a ese punto que la renuncia en todo ámbito es irrevocable y, que al ratificar a Romero Mena, los miembros del Consejo Directivo encubrieron su acusación de violencia intrafamiliar: “En la reunión le dicen la mayoría de entidades ´no, no importa, no renunciés. Esto no es válido, estás acusaciones que tenés no importan´. Aquí lo que se está viendo es el apoyo y encubrimiento. No solo no es un apoyo a la ratificación del cargo, sino que son temas de compadrazgo”, explicó una abogada de IDHUCA. 

El artículo 4 de la Ley de Ética Gubernamental establece que los funcionarios deberán regirse por los principios de la ética pública basados en “anteponer siempre el interés público sobre el interés privado”, “actuar con fidelidad a los fines del Estado y a los de la institución en que se desempeña” y  “actuar con integridad, rectitud y honradez”. 

De cinco integrantes de las organizaciones de la sociedad civil que participaron en la reunión donde el presidente del CONNA fue ratificado solo dos accedieron a hablar brevemente del tema. 

La organización internacional Save The Children respondió por correo electrónico que, por el momento, no tienen otra posición más allá de la plasmada en el acta pública del 8 de julio pasado y que su representante no participó en la votación de ratificación en la presidencia del CONNA. “Nuestra compañera (Xiomara Méndez), en calidad de representante suplente de sociedad civil, no participó de la votación de la sesión ordinaria XI a la que se hace referencia, y a través de su asistencia a las sesiones estamos dando seguimiento al desarrollo de los procesos judiciales correspondientes”, respondieron. 

 La defensora de derechos humanos Celia Medrano, quien también estuvo en la reunión tras discutido el punto, dijo que prefería no referirse a la situación debido a que hay dos niños afectados. Además, porque tiene un compromiso de confidencialidad y respeta la presunción de inocencia del acusado. 

Medrano, quien renunció del Consejo Directivo el día que se discutió el caso de violencia intrafamiliar, detalló que en su carta de renuncia explica sus motivos para retirarse y que pidió que fuera anexada a la versión pública del acta; decisión que no fue respetada, pues no está disponible en el apartado de Transparencia de la institución. 

Plan Internacional, CORDES y la Comunidad Emmanuel, cuyos representantes conocieron el caso en detalle y formaron parte de la decisión, no respondieron a este medio.

Revista Factum gestionó entrevistas con los equipos de comunicaciones y asistentes de la PGR y Ministerio de Trabajo, y también escribió a los correos electrónicos institucionales del viceministro Osiris Luna Meza, la procuradora Miriam Gerardine Aldana y la viceministra de Trabajo, Maritza Calderón de Ríos, funcionarios que estuvieron presentes en la reunión virtual del CONNA en la que se discutió el caso de violencia intrafamiliar del presidente de la institución. Se les explicó que se buscaba conocer cuáles fueron los argumentos para tomar la decisión. Sin embargo, hasta el cierre de esta publicación ninguno de ellos respondió.

Un secreto a voces

Erick Dexahí Romero Mena llegó al Consejo Directivo del CONNA en 2019 en representación de la sociedad civil porque trabajaba en la Fundación Educo El Salvador, institución en la que se desempeñó entre septiembre de 2013 y diciembre de 2020. En el último tramo de su trayectoria por esa organización fue gerente de programas y entre sus funciones estaba hacer relaciones públicas con actores públicos y privados. Era uno de los rostros de la institución y la mano derecha de la Directora País, Alicia Ávila, quien fue subdirectora del CONNA entre agosto de 2013 y febrero 2014. 

Romero Mena también coordinó el equipo de especialistas de programas y tuvo entre sus funciones garantizar la calidad de las operaciones de los programas, proyectos y actividades.

Erick Dexahí Romero Mena, presidente del Consejo Directivo del Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia (CONNA).
Foto: Facebook

En febrero de 2021, tras ser despedido de Educo, fue contratado por la Universidad de Oriente (Univo) donde es el responsable de la gestión de proyectos con cooperantes nacionales e internacionales. 

Las acusaciones de violencia intrafamiliar en contra del presidente del CONNA iniciaron en 2015, año en que fue interpuesta la primera denuncia en un juzgado de familia,  y las agresiones, según las denuncias, se agudizaron en 2020 durante el confinamiento por la pandemia de la COVID19. 

El 8 de septiembre de 2015, la directora de Educo El Salvador tuvo conocimiento de esos episodios críticos de violencia en el hogar de su colaborador de alto rango, en los cuales  un niño y una niña estaban afectados,  según consta en intercambios de correos electrónicos institucionales. Esa denuncia no fue su prioridad. 

“Lamento la situación que como familia están pasando, me doy por enterada y haremos las indagaciones internas en los asuntos que nos competen. Saludos fraternos”, respondió Ávila a la víctima. El caso no trascendió internamente y Educo España, filial que supervisa el trabajo institucional en la región, nunca conoció la denuncia, debido a que no fue investigada por la sede de El Salvador. 

El caso tuvo relevancia en la organización hasta que la víctima informó directamente sobre el proceso judicial de violencia intrafamiliar a la sede española, a través de un mensaje de Facebook en las vísperas de las fiestas navideñas del pandémico 2020. “Sin duda hay mucho que debemos conversar, incluyendo el correo de 2015, por lo que le solicito una reunión presencial lo más pronto posible ya que tengo indicaciones de Sede (España) de dar respuesta inmediata”, escribió la directora de Educo en un correo electrónico enviado a la denunciante el 21 de diciembre de 2020. 

Por la relevancia del cargo que desempeñaba Romero Mena, un equipo de distintas disciplinas de Educo tomando en cuenta su código de conducta y de principios, investigó, evaluó los hechos y decidió despedirlo a los pocos días de recibir la denuncia. También lo indemnizaron y, aseguran, que apoyaron durante todo el proceso a la adulta víctima de violencia intrafamiliar. 

“Educo tiene un profundo compromiso con el bienestar de la infancia y esto se manifiesta en la Política de buen trato y en nuestro código de conducta. Nuestros procedimientos de compliance (procedimientos que garantizan que todas las personas vinculadas con la organización cumplen con el código de conducta y con unos principios) garantizan que toda denuncia es escuchada, analizada y recibe la respuesta en consecuencia. Educo decidió desvincular al señor Romero como fruto de este procedimiento”, respondió la filial de España al ser consultada por esta revista respecto a las políticas internas en las que basaron su decisión para despedir a Romero Mena. 

La organización no respondió si la directora País, especializada en temas de género y familia, fue sancionada por no prestar atención a una alerta de violencia intrafamiliar en contra de su colaborador de confianza, con un puesto clave en la toma de decisiones y su mano derecha en la institución, situación de la que tenía conocimiento desde hace más de cinco años. 

Excompañeros de trabajo de Romero Mena lo recuerdan como un hombre “alegre, muy amable, respetuoso y trabajador”. Todas las evaluaciones de desempeño que hace anualmente la institución “eran positivas”. “Todo me hizo pensar que había sido una pelea puntual. A fecha de hoy, legalmente no pesa sobre el Sr Romero un antecedente de violencia intrafamiliar ya que el juez lo absolvió.  Este caso evidencia las brechas del sistema”, escribió por correo electrónico la directora País a Revista Factum, quien no atendió una solicitud de entrevista. En el proceso judicial, sin embargo, no consta ninguna absolución. El movimiento más reciente es la certificación del juzgado especializado a la Fiscalía.

“En 2015 recibí un email de denuncia. Decidí investigar pero tan solo unos días más tarde la denunciante se retractó. Me explicó que había mandado su email después de una discusión y que ambas partes habían traspasado barreras de respeto mutuo, y que iniciaban un proceso de mediación. Una lección aprendida es que no deberíamos haber bajado la guardia en este caso tan pronto”, escribió la directora País de Educo a Factum. 

La filial España asegura que el 25 de enero de 2021 notificó al CONNA los motivos del despido de Romero Mena y que sus opiniones ya no representan a la organización. La organización internacional no atendió las peticiones de esta revista que le solicitó la carta; sin embargo enfatizó que “recientemente volvió a urgir a los responsables de la institución (CONNA) que se apartara al sr. Romero de este cargo (presidente del Consejo)”. 

El IDHUCA, institución que respalda legalmente a la víctima, considera que la falta de atención a la denuncia de violencia intrafamiliar benefició al agresor y dejó al descubierto la típica figura machista impuesta históricamente en diversos espacios, lo cual  refleja su condición de poder y control frente a las víctimas. 

A juicio de Wilson Sandoval, coordinador de ALAC, la participación de Romero Mena en el Consejo Directivo del CONNA desde 2019 donde comparte reuniones con funcionarios claves del gobierno (PGR y Ministerios de Justicia, Salud, Trabajo y Educación), le ayudó para intimidar a la agredida y sentirse intocable. 

Las deudas del sistema

ALAC y el IDHUCA coinciden que el Estado le falló a las víctimas de este caso de violencia intrafamiliar. La pasividad de las instituciones que conforman el Consejo Directivo del CONNA, que tiene a su cargo velar por el respeto derechos de los niños y las niñas; y de la PGR, que tiene como mandato constitucional la defensa de las familias salvadoreñas, favoreció a Romero Mena y no a su familia, de acuerdo con los abogados. 

“No tomaron en cuenta que un funcionario que está defendiendo los derechos de la niñez; en su vida privada está transgrediendo los derechos de sus propios hijos”, lamentó la abogada del IDHUCA. 

Hace dos meses, la víctima buscó respaldo jurídico en la Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (FESPAD), pero no tuvo respuesta. Consultada al respecto, FESPAD dijo que actuó así por no afectarla a ella ni a los dos niños. 

Romero Mena, según los abogados que apoyan este caso, retiene los pasaportes de sus hijos y recientemente accedió a darle el divorcio a su aún esposa. El próximo 13 de octubre  se vencerán las medidas de protección que el juzgado dictó para la madre y sus dos hijos. 

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