La Sala de lo Constitucional admitió un recurso contra la decisión del Consejo de Ministros que pretendía obligar una sesión plenaria de la Asamblea Legislativa. Esa decisión, que incluyó una medida cautelar sobre el uso político de la Fuerza Armada, fue fundamental para menguar los ánimos después de la toma militar de la Asamblea del pasado 9 de febrero.
Algunos seguidores del presidente Bukele aseguran que invocarán de todas formas el derecho a la insurrección. El valor de los bonos de El Salvador en los mercados internacionales han caído, tras la percepción de riesgo de potenciales inversionista tras el golpe. Esto, mientras los periódicos del mundo claman con unanimidad que es inaceptable la militarización del Congreso y el rompimiento del regimen democrático.
Las consecuencias de la toma aún son inciertas. En el estudio nos acompañaron Ruth López, abogada y catedrática de la UCA, una de las responsables del recurso admitido por la Sala de lo Constitucional. Y Ricardo Vaquerano, periodista con amplia experiencia en análisis político (min 3:54).
El análisis tuvo una idea central. El golpe desató un poder que se ha mantenido a raya desde los Acuerdos de Paz: la Fuerza Armada.
También hablamos del breve paso por el Instituto de Acceso a la Información Pública del expresentador televisivo Juan Carlos Turcios (min 1:20). Su salida -y la de su suplente- llegó después de cinco recusaciones en sus primeros dos días de trabajo: los apelantes dudaron de su independencia al ser nombrado por el gobierno de Bukele después de haber trabajado como encargado de Comunicaciones del ministerio de Gobernación.
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1 Responses to “El Salvador y las secuelas del golpe”
Muy interesante la nota en formato conversatorio. Valiosos los comentarios, conclusiones y opciones indicadas. Creo que para continuar el papel legislativo en términos de refinar la protección y mejora de la democracia, conviene establecer un cuerpo de ley adicional que limite, detalle y establezca una especie de vacío legal que existe entre el techo constitucional y la legislación actual, relacionado a la obediencia de órdenes del comandante de la fuerza armada hacia las intituciones armadas del país. Más allá de la formalidad de una orden emitida por el superior jerárquico, debe regularse y actualizarse el hecho de que ninguna orden debe ser obedecida si vá en contra de los derechos humanos, tanto en parte personal como en parte social. Atender o cumplir una orden en contra de tales derechos, establece responsabilidad que inclusive debe ser penal y debe ser compartida tanto en quien emite la orden como en quien la cumple.