Nuestra Constitución de la República, en la parte final del artículo once, reconoce el principio jurídico ne bis in ídem, que actúa como un escudo protector contra el abuso de poder por parte del Estado para los ciudadanos, y que prohíbe juzgar a una persona más de una vez por los mismos hechos. Dicho principio busca garantizar la seguridad jurídica y prevenir que el Estado realice actos arbitrarios. Se convierte, por tanto, en un muro infranqueable ante los intentos de los regímenes autoritarios de vulnerar derechos fundamentales de los ciudadanos.
Como consecuencia del Régimen de Excepción –que acaba de ser prorrogado por vigésima vez–, el principio ne bis in ídem de nuestro sistema judicial es casi inexistente, en vista de que muchas de las detenciones se han realizado porque previamente los ciudadanos fueron detenidos en casos anteriores y la Policía Nacional Civil (PNC) los fichó como miembros de alguna estructura pandilleril, sin importar si la información fuese incorrecta y que se demostrara ante los tribunales la inocencia de estos.
Gran responsabilidad de esta situación la tienen los gobiernos de Arena y FMLN, en cuyos mandatos la PNC realizó capturas masivas y comenzaron a fichar como pandilleros a inocentes que actualmente continúan siendo detenidos por la simple existencia de dicho documento. Se trata de antecedentes penales que no actualizaron posterior a que se les comprobara que no eran miembros de alguna agrupación ilícita.
El 30 de marzo de 2022, a raíz de la reforma realizada al delito de «Agrupaciones Ilícitas Código Penal», por parte de la mayoría oficialista en la Asamblea Legislativa, los Jueces Contra el Crimen Organizado están usando de excusa que dicho delito es de permanencia y de orden público; es decir que, aunque anteriormente, en algún proceso, se le haya declarado un sobreseimiento definitivo o haya sido declarado absuelto, la persona que se encuentra fichada es considerada miembro de una pandilla y por ende se encuentra en flagrancia hasta que se realice su nueva captura, vulnerando así el principio del doble juzgamiento.
La importancia de esta garantía constitucional radica en su capacidad para salvaguardar la integridad de los ciudadanos frente a la posibilidad de ser sometidos a juicios interminables o persecuciones selectivas de parte del Estado. Por lo que podemos denotar que, a raíz de las reformas realizadas al Sistema de Justicia Penal posterior al inicio del Régimen de Excepción, el Estado está utilizando a los Tribunales Contra el Crimen Organizado, inicialmente, como una herramienta electoral a favor de la popularidad del presidente; y segundo, como una herramienta de persecución política, socavando así la base de la misma justicia.
Al ignorar las garantías fundamentales por parte del sistema judicial, el terreno es propicio para la consolidación del poder sin restricciones, donde la ley es manipulada según las conveniencias de quien detenta el poder. Esto no es nuevo, anteriores regímenes autoritarios han utilizado la vulneración al principio del doble juzgamiento como una herramienta política para eliminar a opositores políticos o callar voces disidentes.
Como sociedad debemos estar atentos a lo que está sucediendo actualmente en nuestro país, donde vemos detenciones arbitrarias, a personas procesadas nuevamente por hechos donde anteriormente lograron acreditar su inocencia y un proceso judicial sesgado, ya que la defensa de dicho principio debe erigirse como un bastión donde, no solo nos protege como individuos específicos, sino que también salvaguarda la integridad de las instituciones y la democracia en su conjunto. Solo así construiremos un país en el que los ciudadanos podamos confiar que la ley nos protegerá, en lugar de convertirse en una herramienta de represión en manos de regímenes autoritarios sedientos de poder.
*Elías Abel Ramírez es abogado salvadoreño.
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