El exjefe supremo de la Fuerza Aérea Salvadoreña estuvo a punto de declarar en la audiencia judicial en San Francisco Gotera; llegó con seguridad, pidiendo al juez su turno para hablar, para dar su versión sobre la documentada operación militar que acabó con la vida de más de 900 personas en 1981. El juez estimó que la fecha para esa declaración debía programarse para después, aunque la acusación pidió que se atendiera la solicitud del exgeneral. Pero su abogado de oficio, que llegó tarde a la cita judicial, intervino y el militar se retractó. Esta es una crónica de una de las audiencias más esperadas en el caso de El Mozote.
Foto FACTUM/Gerson Nájera
El general Juan Rafael Bustillo Cordero, imputado por la masacre de El Mozote y lugares aledaños, llegó por primera vez este 19 de octubre al Juzgado Segundo de Primera Instancia de San Francisco Gotera, en Morazán. En su contra hay una acusación por nueve delitos relacionados con los hechos sucedidos entre el 10 y el 13 de diciembre de 1981 en esta zona del norte de Morazán, cuando era el comandante de la Fuerza Aérea Salvadoreña (FAS).
Por este caso, que fue reabierto en septiembre de 2016 tras la derogación de la Ley de Amnistía, ya han sido intimados otros 17 militares. Sin embargo, la intimación de Bustillo no había sido posible debido a que se encontraba prófugo de la justicia por la orden de captura internacional girada en su contra por la Audiencia Nacional de España por la masacre de la UCA en 1989.
Una vez que la orden de extradición de España fue rechazada por la Corte Suprema de Justicia, en agosto de este año, el tribunal de Gotera envió un nuevo citatorio de intimación (acusación). Y finalmente el general compareció.
Antes de que el juez permitiera el acceso al tribunal, Bustillo esperaba en el rellano de las escaleras con un cartapacio en la mano, mientras dos de sus hijos le observaban desde la entrada del centro judicial de Gotera. Después, el general se anotó en el libro de registros e ingresó a la sala de audiencias. Una veintena de asistentes le seguía los pasos atentamente.
El general se alistó rápido y esperó sentado en la mesa de la parte defensora. Cuando los periodistas llegaron a fotografiarle, Bustillo levantó con sus manos una copia del informe de la Comisión de la Verdad y dijo a los presentes que en ese documento no aparecía su nombre vinculado a la masacre. Mientras tanto su hija, sentada detrás de él, tomaba fotos de los periodistas que cubrían la audiencia.
Una vez que el juez Jorge Alberto Guzmán Urquilla ingresó en la sala y comenzó la audiencia de intimación, el general aprovechó toda ocasión de respuesta a las preguntas puntuales del juez para saber cuándo podría declarar. Parecía que el militar, después de una larga espera, tuviera mucha urgencia por dar su versión de los hechos.
No habían pasado ni cinco minutos cuando Bustillo, tras confirmar su identidad ante el juez, uno de los primeros pasos para la instalación de la audiencia pública, preguntó:
Juez Guzmán: Algunas explicaciones iniciales…¿usted me escucha bien?
General Bustillo: Señor juez, ¿puedo hablar entonces?
Juez Guzmán: Permítame, solo quisiera saber en este momento si me escucha bien usted, con toda normalidad.
General Bustillo: ¿Cómo dice? Yo yo soy un poco sordo, repítame
Juez Guzmán: Bueno, voy a tratar de hablar lo más alto posible para que usted sepa todo lo que se le va a explicar. Le voy a explicar brevemente el origen de estar usted presente, el por qué se le ha citado.
Posteriormente el juez explicó el origen de la denuncia interpuesta el 26 de octubre de 1990 por Pedro Chicas Romero y las investigaciones que se suspendieron tres años después por el sobreseimiento definitivo, “invocando la ley de amnistía que meses antes había promulgado la Asamblea Legislativa”, remarcó.
Guzmán Urquilla siguió detallando que el caso fue reabierto en 2006, cuando los acusadores particulares presentaron una acusación formal, “citando nombres y apellidos de personas acusadas y en esa acusación se encuentra usted en su cargo en aquel momento del conflicto armado de 1981, general Juan Rafael Bustillo, comandante de la Fuerza Aérea de El Salvador”, indicó.
Antes de la lectura de los hechos recogidos por la acusación particular, el juez señaló que Bustillo y al resto de militares son considerados autores intelectuales, es decir “los que en algún momento dirigieron o dieron la orden para que estos hechos se perpetraran como parte del aparato de poder dentro de la Fuerza Armada de nuestro país”.
Para terminar la explicación del origen del citatorio, el juez agregó que el caso se pudo reabrir finalmente en 2016, una vez fue declarada inconstitucional la Ley de Amnistía y con el respaldo de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que ordenó al Estado investigar la masacre y reparar a las víctimas sobrevivientes. Con estos antecedentes, el Juzgado Segundo de Primera Instancia decidió que ya no había obstáculos para reabrir el caso desde el 30 de septiembre de 2016.
La lectura de los hechos recogidos por la acusación se tomó unos 30 minutos. El abogado de oficio del general entró en la sala cuando ya había comenzado la lectura, se sentó al lado del militar y comenzó a hablar con él en voz baja. Ante esta alteración del orden, el juez interrumpió la lectura y preguntó al defensor de la Procuraduría General de la República si ya habían terminado para poder continuar y seguir con la narración de los hechos.
El general escuchaba el relato con atención, con los brazos cruzados, sin hacer ningún gesto, impávido. Sobre la mesa mantenía abierto el informe de la Comisión de la Verdad sin tocarlo, con muchas de sus páginas marcadas con pedacitos de papel.
Los acusadores tomaban notas sin parar, preparándose para el momento en que Bustillo llegara a declarar por los crímenes que se le imputan, derecho que le asiste en esta etapa del proceso.
Al finalizar la lectura, el juez pasó a detallar la lista de delitos atribuidos al excomandante de la Fuerza Aérea Salvadoreña, según el Código Penal de 1973 vigente al momento de la masacre de El Mozote y lugares aledaños: asesinato, violación agravada, privación de libertad agravada, violación de morada, robo, daño agravado, estragos especialmente sancionados, actos de terrorismo y actos preparatorios de terrorismo.
Por cada delito, el juez Guzmán Urquilla indicaba el número del artículo y el motivo de la acusación a partir de lectura de los hechos ocurridos en los cantones y caseríos donde se desarrollaron las operaciones militares de aquel diciembre de 1981. Por las violaciones agravadas, por ejemplo, citó los abusos cometidos por los soldados especialmente contra las mujeres jóvenes; por la violación de morada, el juez se remitió a la forma violenta cómo los soldados ingresaron a las casas de los habitantes de El Mozote y lugares aledaños; y por los estragos especialmente sancionados, el juez Guzmán se refirió al incendio de las viviendas de las víctimas, según la acusación particular.
Para finalizar con la descripción de los delitos, el juez no omitió que, según los hechos investigados, la operación militar al norte de Morazán fue precedida por ataques aéreos que se prolongaron durante varios días.
Llegó el momento decisivo, el juez informó al general Juan Rafael Bustillo sobre sus derechos y la posibilidad de declarar en audiencia. Y el general siguió manifestando su interés por declarar.
Juez : ¿Ha entendido usted los derechos que en este momento se le han informado?
General: Mire, señor juez yo quisiera ampliar un poco sobre este caso…
Juez: Permítame, general, permítame un momento…(…) ¿Usted ha entendido los derechos que se le han informado?
General: ¿Qué es lo que qué?
El juez insiste y el militar dice que sí le ha entendido, pero Guzmán le explica que tiene derecho a ser asistido por defensores de confianza para que ejerzan su defensa técnica. Le pregunta si va a nombrar defensores particulares. Y el general dice que tiene a su defensor público.
Juez: ¿General Juan Rafael Bustillo, desea usted en este proceso brindar su declaración indagatoria?
General: Sí, afirmativo.
Juez: Bien, si es así este tribunal posteriormente señalará día y hora para que usted comparezca aquí y pueda brindar su declaración indagatoria.
General: Señor juez, como soy poco entendedor de las leyes no comprendo por qué es que en este momento no puedo declarar ya sobre mi situación, tengo que esperar… Me han leído todo, he escuchado todos los cargos que me han hecho, toda la lectura de lo que aconteció en diciembre de 1981. Pero… ¿Sin embargo, yo no puedo declarar en este momento?
Juez: Ciertamente puede….
General: ¿Me puedo expresar?
El juez explicó que por la dimensión de su declaración era recomendable programarla, que para el 19 de diciembre solo se le había citado para la intimación, y recomendó al acusado que hablara con su abogado defensor para tomar una decisión.
Pero David Morales, acusador particular, solicitó al juez que permitiera al imputado brindar la declaración indagatoria para proceder después con el interrogatorio. El fiscal del caso, Juan José Benavides, reiteró la solicitud.
Entonces el defensor de oficio, Juan Antonio Perdomo, intervino y se dirigió al juez:
Sabemos muy bien que, para efectos de hacer justicia, sí es necesario que se realicen estas diligencias, pero discúlpeme la palabra, esta no es carrera de caballos, todo tiene su tiempo, todo tiene su proceso. (…) Por primera vez, lo digo honestamente, tengo la voluntad y el privilegio de conocerme con el general Bustillo y necesitamos tener conversaciones muy profundas, de mucha información…
El juez fue concluyendo: “la decisión la toma el imputado, debe conocer sus derechos”. Y volvió a preguntarle. La tensión entre las partes solo esperaba la respuesta final del general, pero el defensor seguía hablando con él, desoyendo al juez que lo llamaba para que dejara de hablar con el acusado. Se percibía la premura por tomar una decisión, por dar un giro radical.
Juez: General, ¿ese es su grado actual? General, Juan Rafael Bustillo Toledo, ¿desea usted declarar en esta audiencia sobre los hechos que se le atribuyen?
General: Mi defensor me ha recomendado que lo haga posteriormente.
Una vez terminó la audiencia, el general decidió quedarse en la sala para estar presente en la declaración de la testigo María Rosario López Sánchez, de 70 años, sobreviviente de la masacre en la que perdió a 24 miembros de su familia en esos días.
La presencia del general como presunto victimario se consideró como una forma de revictimización que podría intimidar a la señora Santos a la hora de declarar. Los acusadores particulares pidieron hablar con el juez. Trece abogados, entre acusadores y defensores, se acercaron al estrado. Se paró la audiencia por un lapso de 15 minutos, pero la testigo estaba preparada para declarar cómo mataron a sus familiares y a sus vecinos. La audiencia continuó.
María Rosario López Sánchez contó como vio a una madre y su hijo recién nacidos asesinados en su casa y unas letras rojas en una de las paredes que decían: “Aquí pasó el batallón Atlacatl, un niño muerto y un guerrillero menos”.
La testigo rompió en llanto al narrar como los cuerpos de sus 24 familiares estaban apilados todos juntos. Pidió una pausa: “No es fácil perder toda la familia uno y después andar externando declaraciones”. La sala de audiencias quedo en completo silencio.
El general se quedó hasta que terminó el interrogatorio a la testigo María Rosario, siguió impávido y silencioso, y se fue, finalmente, sin decir nada.
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