El pasado martes 16 de mayo el Consejo Nacional de la Judicatura envió a la Asamblea Legislativa el listado de 30 candidatos y candidatas a magistrados de la Corte Suprema de Justicia. La decisión está casi en manos de la Asamblea Legislativa. Casi. La Sala de lo Constitucional aún debe decidir sobre dos candidaturas debido a vínculos partidarios. No será el único impasse: la falta de una discusión más detallada sobre algunos de los perfiles propuestos, y la ausencia de un verdadero debate en público, permiten abrigar dudas sobre la idoneidad de muchos y abre la posibilidad para que el debate legislativo se dilate más allá de la fecha establecida para nombrar a los cuatro magistrados constitucionales y llenar una vacante en la Sala de lo civil.
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El Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ) ha remitido a la Asamblea Legislativa la lista de treinta personas elegibles para el cargo de magistrados de la Corte Suprema de Justicia. La continuidad de este proceso queda ahora en manos de los legisladores, que cuentan con menos de sesenta días para seleccionar a quienes van a ocupar las cinco magistraturas que quedarán vacantes desde el próximo 15 de julio. Titulares y suplentes necesitarán por lo menos 56 votos para ocupar estos cargos. Uno de ellos será además el presidente de todo el órgano judicial. No es poca cosa lo que está en juego.
La primera interrogante es si el listado remitido cuenta con las personas idóneas para desempeñarse como magistrados. Luego, si una vez depurada esta lista se tomará la decisión política de elegir en el tiempo estipulado, con miras a no generar un desbalance de poder.
Hay algo importante que aclarar: el listado de postulantes aún puede cambiar. La Sala de lo Constitucional aún no le da respuesta al recurso de inconstitucionalidad presentado contra el CNJ, por la inclusión de los abogados Jaime Martínez Ventura y Rogelio Canales, quienes, según el demandante, poseen una vinculación material con el partido político en el poder (el FMLN), además de tener la calidad de funcionarios de la actual administración, aunque no son los únicos. De dársele la razón al ciudadano, ambos deberán ser sustituidos por otros candidatos de la lista de la FEDAES, como ya ocurrió con los abogados Tito Zelada y Ulises Rivas por las mismas razones. Todos estos candidatos fueron propuestos por la “Unidad Nacional de Abogados por la Justicia y la Democracia” (UNAJUD).
Otro funcionario del Ejecutivo incluido en la lista es David Omar Molina, abogado penalista de larga trayectoria en la Universidad de El Salvador, pero que en la actualidad preside el Consejo Nacional de Administración de Bienes, el CONAB. Esta institución se encarga de administrar las propiedades sustraídas temporalmente a aquellos que enfrentan procesos judiciales en su contra, ya sea por delitos relacionado con el crimen organizado o ante la tramitación de juicios por enriquecimiento ilícito.
De hecho, fue un proceso por presunto enriquecimiento contra el diputado Reynaldo López Cardoza, el que Molina ordenó archivar al ser llamado como magistrado suplente de la Sala de lo Civil. Le acompañó en su decisión otro de los incluidos en la actual lista de elegibles: el juez Carlos Sánchez, calificado por el pleno del CNJ como un “hombre de bien”. Ambos declararon “improponible” la acusación de la Fiscalía, alegando que el acusado nunca manejó fondos públicos. Ahora, los dos necesitan del voto de López Cardoza para ocupar una magistratura durante los próximos nueve años.
Otro funcionario de la actual administración es Gilberto Canjura, exmagistrado electoral y actual jefe de la gerencia jurídica de ANDA. También está el abogado José Humberto Morales, que forma parte del consejo de investigación científica de la Universidad de El Salvador y que, durante los primeros años de la gestión de Martínez Ventura frente a la ANSP, formó parte del consejo académico de la academia. Morales, al igual que Martínez y Canales, han recibido el apoyo de FESPAD y de la UNAJUD para sus candidaturas.
Pero existen otros puntos en común entre el resto de los candidatos a magistrados, y no necesariamente por su experiencia o afinidad con las ramas del derecho civil o constitucional.
Dos de los candidatos que propone el CNJ como “elegibles” han tenido vínculos laborales o académicos de larga data con el Ministerio de la Defensa Nacional, incluso durante los años del conflicto.
Este último es el caso del abogado Jorge Alfonso Quinteros, a quien se ha criticado por su presunto vinculo familiar con el precandidato presidencial del FMLN, Gerson Martínez. En su hoja de vida, Quinteros incluye su empleo entre 1986 y 1987 como “Colaborador Jurídico de la Policía Nacional”, puesto del que ascendió al de “Colaborador Jurídico del Viceministerio de Seguridad Pública”, desde entones bajo el mando del coronel Inocente Orlando Montano, actualmente procesado en España acusado como autor intelectual del asesinato de seis jesuitas y sus colaboradoras, el 16 de noviembre de 1989. Quinteros tendría mucho que contar a los investigadores del caso, ya que permaneció en su puesto hasta 1991, alternando su trabajo jurídico con el docente, tanto con los cadetes de la extinta Academia de Seguridad Pública, como en los cursos de ascenso para oficiales de la Fuerza Armada.
Una experiencia similar es la de José Luis Lovo Castelar, abogado y diplomático de carrera propuesto por el conservador Centro de Estudios Jurídicos (CEJ). En su hoja de vida, Lovo Castelar, hijo de un coronel de la Guardia Nacional, detalla su trabajo durante la década de los ochentas representando al país y a los gobiernos de entonces, antes diversos comités de derechos humanos de la ONU, labor diplomática compleja, si se considera el triste historial de violaciones sistemáticas de derechos y garantías fundamentales que la población más pobre de El Salvador sufrió en aquellos años. La mayoría bajo la responsabilidad del ejercito y de los cuerpos de seguridad.
En la etapa de la posguerra, Lovo ha formado parte en tres ocasiones del Consejo Académico de la Escuela Militar, lo que se suma a su asesoría en cuestiones limítrofes. Esto le valió para que hace poco más de un año recibiera de manos del actual Ministro de Defensa Nacional la “Estrella por Servicios Distinguidos”, en reconocimiento a su contribución en defensa de la Soberanía Nacional.
En ambos casos es válido plantearse la duda sobre la imparcialidad de estos postulantes ante el eventual desempeño de una magistratura constitucional. ¿Van a tramitar las órdenes de extradición contra antiguos miembros de los cuerpos de seguridad o del ejercito? ¿Estimarían como procedente un recurso de inconstitucionalidad contra una Ley de Reparación para víctimas del conflicto? ¿Reconocen la constitucionalidad del derecho a la verdad? Estas fueron las cuestiones no discutidas públicamente en el CNJ y que en el caso de Quinteros y Lovo poseen la mayor relevancia para un país con el pasado no resuelto.
¿La hora de los penalistas?
Otro aspecto que cobra relevancia en esta elección de magistrados es el de la relación entre plazas vacantes y candidatos propuestos por el CNJ. De los treinta postulantes, por lo menos la tercera parte ya ejerce una judicatura relacionada con el derecho penal, penitenciario o de menores. Lo anterior contrasta con las vacantes a llenar que, en su mayoría, son para magistrados de la Sala de lo Constitucional, en donde a pesar de su alto grado de especialización, ha quedado demostrada la conveniencia de contar con un abogado penalista, que es el caso del actual magistrado Sidney Blanco, quien antes de su actual investidura, ejerció hasta el 2009 como juez Quinto de Instrucción de San Salvador. Sin embargo, no puede sustituirse una especialidad por otra, y menos cuando son los magistrados constitucionales quienes durante los próximos nueve años tendrán la última palabra en materia de interpretación constitucional y resolución de conflictos entre órganos de Estado.
En el caso de la única vacante en la Sala de lo Civil, este tribunal conoce también casos complejos en materia de derecho de familia y trabajo, por lo que será necesario contar con una representación mayor de especialistas en las ramas del derecho privado y social, áreas sobre las cuales el elegido o elegida tendrá que pronunciarse y sentar precedentes.
Al menos en el caso de los “civilistas”, los legisladores tienen una propuesta de candidatos suficiente para tomar una decisión: Óscar Canales Cisco, Mariana de Jesús Marenco de Torrento, el juez de lo civil Nelson Palacios, la jueza de familia Olinda Vásquez y la actual presidenta de esa Sala, la abogada María Luz Regalado, poseen comprobada experiencia técnica como para considerarlos elegibles. De hecho, esta última obtuvo la totalidad de los votos del CNJ para su candidatura, y podría abrigar esperanzas de ser la elegida, dada su experiencia y el evidente apoyo del gremio que ha recibido hasta ahora.
Pero aún subsiste el problema de elegir abogados constitucionalistas de probada trayectoria académica e institucional. La asamblea no lo tiene fácil si se le apuesta a la idoneidad de al menos cuatro personas. Aunque varios de los candidatos han incursionado en el ámbito de los derechos humanos y de la defensa pública, como el caso de la actual procuradora general, Sonia Cortez de Madriz, o el ex procurador de derechos humanos, Óscar Humberto Luna, su incursión en el ámbito del derecho constitucional comparado, los sistemas internacionales de protección de los derechos humanos y las nuevas corrientes que marca el constitucionalismo contemporáneo son limitadas.
Lo mismo ocurre con los dedicados a la probidad o a la ética gubernamental como Luis Romeo García o Carlos Pineda, su contacto con la rama del derecho constitucional es apenas tangencial o familiar. O como en el caso de Carlos Avilés, hijo de una ex procuradora de derechos humanos y de un exmagistrado suplente, que a pesar de ya haber sido elegido para ocupar una suplencia en la Sala de lo Constitucional, no acredita experiencia judicial en casos concretos y sus aportes todavía no son conocidos ni tampoco son enumerados en su hoja de vida.
Elegir a tiempo…
La elección de magistrados de la Corte Suprema de Justicia ha sufrido retrasos desde la primera elección de la posguerra en 1994. En aquel año, la elección se dilató durante casi un mes, debido a la prolongación del debate legislativo. En aquella época, se nombraron magistrados en períodos escalonados de tres, seis y nueve años, producto de las reformas constitucionales pactadas gracias a los Acuerdos de Paz de Chapultepec. Desde esa época, son aplicables los criterios que ahora se consideran habituales para cada elección: idoneidad, independencia, representación de las mas importantes corrientes del pensamiento jurídico, etc.
Los actuales magistrados concluyen su período el lunes 15 de julio, según quedó establecido en el Decreto Legislativo N° 71, publicado en el Diario Oficial del viernes 17 de julio de 2009 (tomo N° 384, N° 133, página 8). La Constitución, sin embargo, no establece la posibilidad de dilatar su nombramiento en casos de atrasos en su elección; de hecho, esta posibilidad no ha sido del gusto de los legisladores en situaciones de acefalía institucional, ya sea en la Procuraduría de Derechos Humanos, en cuyo caso, desde 1999, se modificó su ley orgánica para que ni siquiera el Procurador Adjunto pueda suplir al titular. Lo mismo ha ocurrido en la Fiscalía General de la República, donde luego de la salida de Luis Martínez, la Asamblea tardó más de treinta días en elegir al actual titular.
En el caso de las vacantes que quedarán disponibles en menos de dos meses, la Constitución no contempla una solución ante la falta de elección, lo que bien pudiera considerarse una “inconstitucionalidad por omisión”, que, en todo caso, sería imputable a los diputados y que no tendría como remedio alternativo la prolongación del período de los actuales jueces constitucionales en sus cargos, ya que ni estos ni sus suplentes, pueden continuar un día más en sus puestos, una vez expirado el mandato de su elección. De hacerlo así, sus decisiones podrían ser desconocidas por el resto de los jueces e instituciones del país, produciéndose una crisis de constitucionalidad, que dejaría sin control las decisiones del resto de órganos del estado.
Comienza entonces la etapa más difícil del proceso de elección de magistrados constitucionales, así como de un magistrado civil. Este proceso, en su publicidad y transparencia, ha permitido vislumbrar las limitaciones de este, en particular, en lo que a la aplicación de criterios de competencia e independencia de candidatos se refiere. Falta ahora que los diputados elijan a quienes realmente merezcan ser elegibles, no solo por formar parte del listado remitido por el CNJ.
Elegibles ya tienen. Magistrados idóneos son los que se buscan.
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