¿Qué significa dar prioridad al derecho a la educación en El Salvador?

Es sabido, si no por todos, sí por muchos, que la Constitución de la República de El Salvador establece en sus artículos 53 y 56 que la educación es un derecho inherente de todos, todos, todos sus ciudadanos. Tomasevski (2001, 2004), ex relatora especial sobre el derecho a la educación de la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas, sostiene también que es el Estado, principalmente, quien tiene  la obligación de garantizar que todas las escuelas cumplan, al menos, con criterios básicos en términos de infraestructura, espacios físicos seguros, recursos y profesores, garantizando así que el acceso a la educación sea aceptable y asequible. Esto último tiene especial relevancia porque entonces no basta solo con decir que las tasas de acceso a educación primaria en El Salvador se han elevado en los últimos años. Es decir, no basta asegurar, en términos abstractos, que hay acceso a educación; ¿por qué? Porque necesitamos que la escuela, como espacio donde se construye y sucede el proceso educativo, tenga condiciones adecuadas para recibir a los niños, niñas y adolescentes; condiciones que garanticen que su estancia ahí sea agradable, segura, limpia, que les despierte las ganas de estar ahí y condiciones y recursos que contribuyan a enriquecer el proceso educativo.

En ese sentido, Tomasevski (2001, 2004) nos habla del concepto de asequibilidad. Este concepto se refiere a la capacidad que los Estados deberían tener para asegurar la infraestructura requerida, el equipamiento y presupuesto necesario, la cantidad de maestros suficientes, etc.  Sin embargo, y mientras tanto, como contraste a esto, tenemos el escenario de la mayoría de las escuelas salvadoreñas. Por ejemplo, tenemos que de 5,136 escuelas del sector público registradas en la base de datos por Centros Escolares del Censo Escolar inicial 2016 solo 1,400 escuelas tienen acceso a internet (27.25%), y en el área rural solo 474 escuelas tienen acceso (9.23%); lo cual también plantea interrogantes sobre la equidad en términos de recursos educativos. Luego, solo 2,199 escuelas a nivel nacional reportan tener computadoras (PC, laptop, lempitas u otras) disponibles tanto para los profesores como para los estudiantes.

Si revisamos la disponibilidad de otro tipo de recursos para las escuelas que contribuyan a enriquecer el proceso educativo, podemos hablar de bibliotecas y aulas de apoyo educativo. Solo  1,097 escuelas registran contar con una biblioteca (eso si no nos metemos a conocer las condiciones de las mismas, el tipo de libros, el uso que se hace de la biblioteca, etc). Esto significa que solo el 21% de escuelas del sector público a nivel nacional cuentan con una biblioteca. Con lo que respecta a aulas de apoyo educativo para estudiantes, solo 577 escuelas cuentan con una (11.23% de las escuelas púbicas).  El mismo escenario presentan otro tipo de apoyos al proceso educativo como son los servicios o apoyos psicológicos: solo 212 escuelas púbicas tienen a su disposición apoyo psicológico para sus estudiantes (solo el 4% de las escuelas públicas); 80 escuelas en el área rural y 132 en el área urbana.

Y, finalmente, otro recurso para ejemplificar esta deuda del Estado con respecto al derecho a la educación: tenemos también las condiciones físicas de trabajo para los profesores. Con condiciones físicas de trabajo básicas me refiero a aquellas que les permitan hacer una buena planificación de clase, que les permita investigar, leer, hacer búsquedas en internet, colaborar unos con otros en espacios agradables y adecuados, etc. Al respecto, solo 493 escuelas cuentan con salas exclusivas para profesores- esto sin describir las características físicas de las mismas- y solo 1,400 profesores tienen acceso a internet dentro de su escuelas.

Los datos anteriores, para mí, plantean serias interrogantes sobre cómo el Estado salvadoreño está garantizando el cumplimiento de condiciones mínimas- MINIMAS, nada del otro mundo-  para que los niños, niñas y adolescentes salvadoreños puedan gozar de escuelas abiertas para ellos, de escuelas que los hagan sentirse bienvenidos y seguros, escuelas que los hagan sentir que vale la pena acudir a ellas, escuelas que les despierten ganas de estar ahí y aprender. Los datos anteriores también nos deben servir para cuestionar qué está haciendo el Estado salvadoreño ahora mismo para garantizar más presupuesto para educación y una mejor gestión de dicho presupuesto; qué está haciendo para que no parezca que a la escuela se le da lo que sobra de los recursos públicos, es decir, qué está haciendo para que sea la prioridad de los recursos públicos.

Sin embargo, y tristemente, esas preguntas se responden solas. El Estado salvadoreño hace algunas semanas decidió hacer un “ajuste” del presupuesto a varias carteras, entre ellas la de Educación. A ésta le redujo más de $5 millones. Y esto no se quedó ahí, porque también en este contexto, se decidió que más de $4 millones (de recursos públicos) irían destinados a pagar seguros médicos privados para los diputados de la Asamblea Legislativa. Sí, seguros médicos privados, sí para los diputados. Son $4 millones, casi equivalentes a la cantidad que se le redujo al presupuesto para educación.

Quisiera tener la oportunidad de preguntar cara a cara – o que alguno de nuestros políticos me leyera, al menos desde esa comodidad que su posición política le otorga- ¿Qué significa para ustedes garantizar el derecho a la educación que dice nuestra Constitución? ¿Qué significa garantizar de forma equitativa los recursos mínimos para apoyar el proceso educativo en las escuelas salvadoreñas? ¿Qué implica tener buenas condiciones escolares, infraestructura adecuada, espacios limpios y seguros en las escuelas? ¿Qué significa asegurar el cumplimiento del derecho a la educación para quienes toman decisiones sobre el presupuesto nacional y sobre el presupuesto para educación? ¿Qué significa y qué implica para un estudiante- si es que lo han considerado o ha pasado por su mente alguna vez- no tener agua potable, ni baños higiénicos, ni electricidad en su escuela o no tener acceso a internet, ni a una biblioteca? Y, finalmente, tomando en cuenta esa comodidad que los respalda ¿qué significa para ustedes dar prioridad al derecho a la educación en nuestro país?

  • Tomasevski, K. 2001. Human Rights Obligations: Making Education Available, Accesible, Acceptable and Adaptable. Swedish International Development Cooperation Agency: Stockholm
  • Tomasevski, K.. Julio-Diciembre 2004. “Indicadores del derecho a la educación”. Publicado en Revista IIDH, Vol. 40 p. 350
  • Ministerio de Educación de El Salvador, 2016. “Base de datos por Centros Escolares Censo Escolar inicial 2016” Enlace: https://www.mined.gob.sv/index.php/estadisticas-educativas/item/6116-bases-de-centros

 

 

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