La aprobación legislativa por cuarenta y cuatro votos a un pliego de reformas a la Ley de Extinción de Dominio no solo tiene beneficiarios inmediatos como los diputados Guillermo Gallegos, de Gana, y Reynaldo Cardoza, del PCN -uno tiene que desvanecer ciento tres irregularidades por $3 millones y se encuentra al filo de un juicio por enriquecimiento ilícito, mientras que el otro está dentro de un proceso judicial de extinción de dominio, respectivamente. Hay otros treinta y cinco legisladores, del Fmln, de Gana y del PCN, que dieron sus votos justo después de que la Sección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia dio aviso a los magistrados de que ya inició investigaciones sobre ellos. Mientras que veinte parlamentarios de Arena y el único diputado del PDC, aunque no votaron, también resultaron beneficiados con las reformas pues también están siendo investigados.
Gif FACTUM/Orus Villacorta
La premura con la que cuarenta y cuatro diputados de la Asamblea Legislativa votaron el martes 18 de julio para hacerle dieciséis reformas a la Ley de Extinción de Dominio no fue una casualidad. Tampoco fue una casualidad el silencio de los días previos ni el secretismo bajo el que se prepararon las enmiendas. No fue una casualidad, porque de los cuarenta y cuatro legisladores que votaron, treinta y siete ya están bajo investigación por la Sección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
Lo anterior se desprende del informe de labores de Probidad del primer semestre de 2017, al cual Revista Factum tuvo acceso.
El del Fmln es el grupo parlamentario con más diputados que tienen investigaciones de Probidad por abrirse: de los treinta y uno que dieron sus votos por las reformas (es decir, toda su bancada legislativa), veintisiete están en la mira. Las excepciones para los efemelenistas son Roger Blandino Nerio, Carlos Ruiz, Elizabeth Gómez y Jaime Sandoval. Ellos cuatro votaron, pero no están bajo investigación.
Gana, mientras tanto, colaboró con diez de sus once votos para aprobar las reformas. Este grupo parlamentario tiene a ocho diputados de los que sus investigaciones por Probidad están en etapa inicial. Los diputados Numan Salgado y Juan Pablo Herrera son los únicos que no tienen indagaciones sobre sí. Incluso, el diputado de Gana que se negó a dar su voto, Francisco Zablah, tiene una investigación por iniciar.
En el PCN, los dos diputados que votaron tienen abiertos expedientes en Probidad. Reynaldo Cardoza, quien dio su voto, precisamente está bajo un proceso de extinción de dominio derivado de un juicio civil por enriquecimiento ilícito del que resultó absuelto. Y Francisco Merino, el otro voto pecenista, tiene una investigación avanzada de la que Probidad va a informar más adelante a la Corte en pleno. Y aunque los diputados Mario Ponce, Antonio Almendáriz y Serafín Orantes no votaron por las reformas, los tres tienen cada uno una investigación por iniciar en la Sección de Probidad de la CSJ.
Las reformas aprobadas benefician directamente a los funcionarios públicos en general. De manera que si cualquiera es sometido a un juicio civil por enriquecimiento ilícito tras una investigación de la Sección de Probidad, los bienes de estos servidores se mantendrán protegidos. La Fiscalía General de la República, con la reforma, no puede acudir a la Ley de Extinción de Dominio para abrir un proceso por aparte, porque antes los funcionarios deben ser condenados por enriquecimiento ilícito y una Cámara de lo Civil debe ratificar la sentencia condenatoria.
Por ello, solo los funcionarios públicos, y entre ellos los diputados, tienen el beneficio legal de que, aunque estén acusados, sus propiedades, terrenos, vehículos y bienes suntuosos no les serán decomisados como medida cautelar. Incluso, pese a los indicios de enriquecimiento ilícito que descubra Probidad, derivados de sus investigaciones, no hay manera, con estas reformas, de que se les aplique extinción de dominio.
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La Sección de Probidad utiliza una serie de criterios para seleccionar a los funcionarios públicos que va a investigar, porque no tiene la capacidad suficiente para hacer indagaciones generales al universo de servidores públicos que presentan sus declaraciones juradas de patrimonio de toma de posesión y de cese de funciones, como lo dijo el jefe de Probidad, Carlos Pineda, a Revista Factum en una entrevista en mayo pasado.
El Reglamento Interior de la Asamblea Legislativa, en todo caso, prohíbe a los diputados “participar en la toma de decisiones cuando exista interés directo para él o para sus familiares”.*
Arena tuvo una línea partidaria de no votar por las reformas, aunque sí estaban de acuerdo en hacer reformas a la Ley de Extinción de Dominio, como lo admitió el diputado René Portillo Cuadra, uno de los cinco mocionantes de las reformas. Portillo Cuadra, luego de que se reveló que él había firmado la iniciativa para las enmiendas, aseguró en su cuenta de Twitter que no pensaba que todo iba a desembocar en las reformas que se aprobaron el 18 de julio. Este diputado arenero es el único de los cinco mocionantes que no tiene un expediente abierto en Probidad. Los otros cuatro: Guillermo Gallegos, Mario Tenorio, Jackeline Rivera y Santiago Flores están bajo investigación.
La única diputada de Arena que votó a favor fue Carolina Rodríguez. Esta legisladora es esposa del alcalde tránsfuga de San Francisco Menéndez, en Ahuachapán, Narciso Ramírez. Este alcalde acumula expedientes judiciales desde principios de la década pasada. Sin embargo, nunca ha resultado condenado. Ramírez ganó las elecciones de 2015 con Arena, pero ya en el cargo hizo transfuguismo al partido Gana.
En todo caso, ni la diputada Rodríguez ni el alcalde Ramírez están investigados por Probidad, a diferencia de veinte legisladores areneros sobre quienes sí hay indagaciones para buscar indicios de enriquecimiento ilícito. Por ello, aunque la intención de Arena fue de no votar, el beneficio para estos veinte diputados es el mismo que para sus demás colegas en el congreso. Los parlamentarios de Arena investigados y con investigaciones por iniciar son:
Otro diputado que no votó por las reformas fue Rodolfo Parker, el único legislador del PDC. Probidad avisó a la CSJ en pleno que también para este diputado hay un expediente por abrirse.
El presidente Salvador Sánchez Cerén, mientras tanto, anunció que sí va a firmar las reformas para darles su aprobación y que entren en vigor lo más pronto posible. Y así como los 37 diputados que tienen casos abiertos en Probidad no tuvieron problemas con votar por las enmiendas, pese a que podrían ser señalados por tener conflicto de intereses, el mandatario Sánchez Cerén, también, por su parte, tiene dos casos de investigación abiertos: uno por su período como vicepresidente de la República y otro por la función que desempeñó como ministro de Educación.
Pero si Sánchez Cerén, como los diputados, podría estar involucrado en conflicto de intereses por una reforma de ley, así lo está igualmente su vicepresidente, Óscar Ortiz, investigado por Probidad. Y a su vez están indagados el primer delegado a la Presidencia, Medardo González; y la segunda delegada, Norma Guevara.
Revista Factum tuvo acceso a un informe que la Sección de Probidad envió a la CSJ en pleno para dar cuenta de los avances, en el primer semestre de 2017, de los casos abiertos de investigación y de los que están por iniciar. En esta imagen, a continuación, les presentamos a los 37 diputados que dieron sus votos el 18 de julio para reformar la Ley de Extinción de Dominio.
* A esta nota se le añadió texto con el fin de aclarar que la Sección de Probidad tiene una serie de criterios para iniciar investigaciones selectivas -por lo que no son para todos los funcionarios públicos- y para destacar que los diputados de la Asamblea Legislativa tienen una prohibición establecida en su reglamento, acerca de participar en decisiones que pueden favorecerlos a ellos y a sus familiares.
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3 Responses to “37 de los 44 diputados que reformaron la Ley de Extinción tienen abierto expediente en Probidad”
Diputados, pseudo servidores públicos faltos de integridad los que tenemos. Una golondrina no hace verano, un voto o unos cuantos miles no son suficientes para renovar una clase política decadente hasta llegar al descaro.
Quisiera abonar con mi punto de vista, como acotar una aportación legal ante tan polémica reforma, y aunque detesto tanto la corrupción como al corrupto – y a los que se jactan de ser sus amigos también-, he observado que parte de este ajedrez político, existe una vertiente ignorante o que pretende desviar la legalidad de este asunto por parte de algunos autodenominados analistas jurídicos, y que estoy más que seguro que si se les indagara mínimamente a ellos también saldrían beneficiados con esta eventual reforma.
1- A esta ley vigente de extinción de dominio, aunque la reforma no a surtido efecto legal aún porque el trámite de Ley no ha concluido, se le ha denominado como también servido para intimidar a la ciudadanía afectada con la ley, en que la ley se traduce en un mecanismo de Expropiación y que de hecho, constituye una Expropiación.
2- En El Salvador existe una ley de expropiación y de ocupación de bienes por el Estado, respaldada por el artículo 106 de la Constitución, que tiene como único fin y establece específicamente los casos en que una persona puede ser privada de sus bienes por causa de utilidad pública legalmente comprobada y previa una justa indemnización al poseedor del inmueble expropiado.
3- La ley de expropiación declara que la utilidad pública se considera, los bienes que se necesiten para la prestación de cualquier servicio público, ya sean costeados por el Estado, por el Municipio, por entidades oficiales debidamente autorizadas para llevarlos a cabo.
4- La Ley de extinción de dominio es una ley que persigue el patrimonio de la persona, el cual alerta al Estado que además de desmedido como desproporcional en cuanto a bienes versus ingresos, tampoco puede ser justificada su adquisición, es decir, que aunque han existido transacciones aparentemente legales para adquirir bienes, son transacciones ilícitas por que el objeto que se transa es ilegal y además de ello, no puede demostrar o justificar la legalidad de la adquisición o de la transacción.
5- EL punto medular es la actual reforma, la cual se encamina entre otras cosas, que habrán plazos de prescripción para perseguir la extinción del dominio, entre diez y treinta años, es decir que a dos periodos anteriores de los dos órganos ejecutivos que van desde el último gobierno de derecha, el primero de izquierda, y este encaminado, si la reforma entra en vigencia, les beneficiaria a todos ellos.
6- Cuál es el problema de la reforma, y de la propia ley en sí, que Constitucionalmente existe un plazo de diez años, plazo inalterable por cualquier ley especial que quiera perseguir el enriquecimiento ilícito de los funcionarios, dicho plazo está regulado en el artículo 240 inciso último, para poder perseguir esos delitos, es decir que si los actos de corrupción que se intentaran reclamar fueran desde 1989 a la fecha, ya hay muchos que legalmente es imposible perseguirlos, por lo que se mantendrán eternamente en la impunidad que solo existe en este país.
Las dudas que asaltan a cualquier homo sapiens racional son, a donde estuvieron los Ministerios Públicos todos estos años, a donde estuvieron los encargados de la persecución del delito, a donde estuvieron las empresas privadas donde navegaron millonadas incalculables de dineros, dineros míos y suyos, dineros ausentes del Estado que ahora impiden que hayan medicinas en los hospitales, mayor cobertura de seguridad pública, el mejor funcionamiento de las áreas del Estado.
Al final, nunca comprenderé como alguien puede sentirse tan orgulloso de votar, inclusive hasta llegar a los golpes por un partido político, y es que normalmente la gente lame la bota que lo patea, precisamente cuando en esta reforma, la mayoría de diputados que votaron por ella, son funcionarios ya señalados legalmente por temas de enriquecimiento ilícito, existiendo muchos beneficiados por fuera.
Llueve sobre mojado … Los diputados y diputadas no saben lo que es la dignidad. Lo felicito.