La Fuerza Armada desapareció a tres jóvenes en tiempos de paz 

El Ministerio de la Defensa y el Estado Mayor de la Fuerza Armada deberán aportar información para esclarecer el paradero de tres jóvenes desaparecidos a manos de militares en febrero de 2014, en Armenia, según un fallo de la Sala de lo Constitucional. Este caso sienta precedente en el nuevo escenario de violencia y represión por parte de las fuerzas del Estado.

Foto FACTUM/Salvador Meléndez


El anuncio coincidió con el 25 aniversario de los Acuerdos de Paz de El Salvador. La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) emitió el 16 de enero una resolución donde declara que ha lugar al recurso de hábeas corpus presentado por Asociación de Derechos Humanos de El Salvador (Asdehu) por la desaparición forzada de tres jóvenes de Armenia, Sonsonate, a manos de elementos de la Fuerza Armada.

Este es, además, el primer caso de su tipo reconocido desde la firma de dichos acuerdos en enero de 1992. También el primero en ser judicializado en un tribunal en toda la historia del país, pues los que fueron cometidos durante el conflicto armado aún no han llegado a esta etapa procesal, principalmente por el bloqueo que hasta hace poco se mantenía hasta la declaración de inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía.

El caso se remonta a la mañana del 18 de febrero de 2014, cuando seis hombres jóvenes se encontraban reunidos frente a la casa número 23 de la Colonia San Fernando I, del municipio de Armenia, departamento de Sonsonate.  Se trataba de Yudi Nelson Sixto López, Fredy Mauricio Villalobos Castillo, Mario Alberto Martínez Hernández, Óscar Oswaldo Leiva Mejía, Francisco Javier Hernández Gómez y José Fernando Choto Choto.

Hacia las 8:45 a.m., una patrulla militar llegó al lugar y procedió a registrarlos. Eran seis elementos de la Fuerza Armada de El Salvador (FAES), específicamente del Destacamento Militar número Seis. La patrulla estaba conformada por el sargento Santos Manuel Coreto Ramírez y los soldados Manuel de Jesús Santos Sánchez, Arely Elizabeth Esquina de Ramos, José Alexander Santamaría Constante, Juan Ovidio Santiago García y Ronald Alberto Rodríguez Pozo, según consta en la resolución de la Sala. El caso tiene reserva total, Fiscalía omite los apellidos en el comunicado sobre este caso; sin embargo, la Sala de lo Constitucional hizo públicos los nombres de los imputados en su resolución.

Yudi Nelson se libró del registro porque dijo que él vivía en la casa de enfrente, y le dejaron que se fuera. A los otros cinco, los militares les ordenaron que caminaran y los llevaron, siguiendo el recorrido de la línea férrea,  por la colonia San Fernando II hasta la colonia San Damián, donde ejerce control la Mara Salvatrucha, contraria al Barrio 18 que controla en la zona de residencia de los jóvenes.

A todos les solicitaron su Dui “para verificar si contaban con antecedentes penales (…) luego el Sargento ordenó que se retirara Mario en dirección a una quebrada y a Fredy que se dirigiera por el lado de Armenia pero al final ambos se regresaron sobre la línea férrea hasta el lugar de donde se los habían llevado inicialmente a la espera de sus otros amigos, los que no regresaron y de los cuales aún se desconoce su paradero”, según consta en el escrito del hábeas corpus.

Óscar Oswaldo, Francisco Javier y José Fernando son los tres jóvenes que nunca regresaron a sus casas y a quienes sus familiares continúan buscando.

Según las declaraciones de los testigos, en el camino los jóvenes fueron golpeados, les maltrataron verbalmente,  les “chasquearon” las armas M-16, les pidieron que levantaran las camisas y les tomaron fotos. Además les dijeron que, “como no eran pandilleros los iban a llevar a la colonia de la pandilla contraria porque el que nada debe nada teme y que iban a regresar todos juntos”.

El informe emitido al día siguiente de los hechos por oficial de servicio de la delegación policial de Sonsonate señala que el sargento Coreto era consciente del riesgo en trasladar a los jóvenes hasta una zona donde dominaba la pandilla contraria: “cuando se tuvo la participación del sargento Coreto de que por qué los había llevado a la colonia San Damián dicho sargento manifestó que para él no había límite de sectores y que para él todos los sectores son iguales, es preciso mencionar que dicho sargento no es nuevo de estar asignado al puesto de mando de Armenia y él conoce los sectores donde operan dichas pandillas…”, consta en la resolución.

La Sala señala que la complejidad para la aportación de prueba en los casos de desaparición forzada reside en la negativa de las autoridades involucradas para investigar, algo que sucedió en el caso de Armenia.

El Jefe del Estado Mayor Conjunto de la Fuerza Armada negó, en marzo de 2015, que los militares hubiera retenido, golpeado y trasladado a los jóvenes; por el contrario, dijo que solo se les había solicitado el Dui para cotejar con la base de datos del sistema 911 de la Policía,  y que “el sistema se informó que no se tenían antecedentes, por lo que, no se procedió a la detención, por ese motivo, no se cuentan con datos de las personas que se afirma su presunta desaparición…”

Los familiares de los jóvenes comenzaron a buscarlos esa misma mañana, en cuanto supieron que los militares los habían privado de libertad. Acudieron a la Policía Nacional Civil (PNC) de Armenia, donde constan las denuncias en el libro de novedades.  La madre de uno de ellos, Yolanda Mejía de Hernández, se dirigió ese mediodía al puesto militar y habló con el sargento Coreto.

‘¿Qué hizo con los muchachos?’, y el Sargento Coreto, ‘le escuch[ó] y le expres[ó]’… ‘porque se preocupan’… ‘ya regresaran’… ‘que son pandilleros pues’ ‘sino son pandilleros porque se preocupan’, ella respondió ‘No mi hijo estaba bien enfermo, él no era pandillero’, entonces el Sargento respondió ‘ya regresaran’, ‘vaya hacer oficio a su casa’, y le cerró la puerta…”(sic).

Posteriormente los familiares denunciaron las desapariciones ante la Fiscalía General de la República (FGR) y la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH).

Los abogados Marina Ortiz y Pedro Cruz de la Asociación Salvadoreña por los Derechos Humanos (Asdehu) presentaron el recurso de hábeas corpus que el pasado 16 de enero fue reconocido por la Sala. Asdehu ha presentado también un hábeas corpus en el caso de la presunta desaparición forzada de dos adolescentes de San Martín el 30 de julio de 2014, quienes fueron detenidos por militares en el mercado de ese municipio cuando se dirigían cortarse el cabello en una peluquería cercana.

Ambos casos han ocurrido en el marco de decreto ejecutivo No. 60 que desde el gobierno del expresidente Mauricio Funes permitió el despliegue de militares en labores de apoyo a la PNC y para el “mantenimiento de la paz interna”. Sin embargo, la  Sala recuerda al Órgano Ejecutivo que “debe garantizar un control efectivo de las actuaciones de la Fuerza Armada para asegurar el respeto irrestricto de los derechos fundamentales de la población por parte de los elementos militares que participen en tareas complementarias de seguridad pública”.

Además, la Sala ha ordenado a la Fiscalía que retome las investigaciones para dar con el paradero de los tres jóvenes y demostrar qué les sucedió. Del Ministerio de Defensa y el Estado Mayor de la Fuerza Armada dice que tuvieron un comportamiento activo en la desaparición forzada o involuntaria de los tres jóvenes; por lo que deben realizar indagaciones internas para determinar lo sucedido con dichas personas y los responsables concretos de su desaparición. El tribunal superior dará seguimiento a estas acciones y requerirá informes a la Fiscalía de sus gestiones cada cinco meses.

Revierten sentencia absolutoria a favor de militares

Soldados del Ejército de El Salvador permanecen alerta en una instalación militar improvisada en el interior del país. El pasado 16 de enero de 2017, la Sala de lo Constitucional de la CSJ responsabilizó a la Fuerza Armada en el desaparecimiento de tres jovenes en febrero de 2014.
Foto FACTUM/Salvador Meléndez

El lunes 16 de enero también se conoció que Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia revirtió la sentencia absolutoria a favor de los seis militares involucrados en la desaparición de Armenia decretada en noviembre de 2015 por el Tribunal de Sentencia de Sonsonate. La Fiscalía había acusado a los elementos de la Fuerza Armada por los delitos de privación de libertad de agente de autoridad y desaparición forzada en perjuicio de cinco personas.

Según informó el Ministerio Público, “el argumento de la máxima instancia en materia penal del país ha sido que todos los tribunales anteriores que conocieron el caso, no pudieron fundamentar el fallo que favoreció a los implicados”.

El proceso pasa a la Cámara de lo Penal de la Primera Sección de Occidente, quien decidirá si ordena un nuevo juicio o emite sentencia condenatoria en contra de los involucrados, informó la Fiscalía.

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