Ayer, 7 de junio, culminó el juicio de un caso que particularmente me impresionó mucho.
Culminó con la indignante sentencia de 15 años de cárcel para un hombre que había encerrado, inyectado, violado (sigo sosteniendo, como lo hicieron los peritos de Medicina Legal que declararon en el juicio, que sí lo hizo) y causado paraplejia a una joven que actualmente tiene 25 años.
El caso me impresionó por dos razones: la primera fue darme cuenta de que la afectada cumplía años el mismo día que yo, con una diferencia de diez años, y que el día en que yo celebraba mis 33 años ella estaba en un hospital intentando sobrevivir a lo que ese enfermo le había hecho con apenas 23 años.
Lo otro con lo que me identificaba era que ella vivía en una playa nacional a la cual le tengo un particular cariño, la playa El Tunco.
Los que me conocen saben que, desde 2011, diseño camisetas alusivas a dicha playa y que llevo tatuado en mi mano izquierda el logo de mi marca, que es la piedra que se encuentra ubicada dentro del mar y que le dio el nombre al lugar.
Ya no tengo idea de cuántas veces la he visitado, todas las cosas que he vivido ahí; le debo alegrías y amigos. No la puedo culpar de haberse enamorado del lugar y haber prolongado su estancia.
De lo que tampoco la puedo culpar, a pesar de que el escrutinio público sí lo hace, es de haber salido ese día, de haber tomado, de haber confiado.
La gente siempre culpa a la víctima, que en su mayoría son mujeres (también existen las violaciones sexuales y abusos hacia los hombres, pero son en menor escala): que cómo iba vestida, que si andaba sola, que si tomaba, que si utilizaba drogas, que si tenía tatuajes, y cualquier tipo de opinión para poder desviar la atención y justificar las actitudes aberrantes que cualquier atacante realiza.
Opiniones que hacen perder el foco de atención cuando se revictimiza a la afectada y se dicen argumentos, como el de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México en el caso de la joven Lesvy Berlín, asesinada dentro del campus de la UNAM, de la cual se dijo que estaba bajo los efectos del alcohol y de las drogas, que ni siquiera estudiaba en esa institución y que se había escapado de su casa materna para vivir con su novio una relación conflictiva, como si eso fuera justificante para que un día alguien decidiera ahorcarla con el cable de una cabina telefónica.
O como en el caso de las jóvenes argentinas Marina Menegazzo y María José Coni, asesinadas en Montañita, Ecuador, una playa muy parecida a El Tunco, y de las cuales se dijeron muchas cosas: que si viajaban solas (eran dos); que si se habían quedado sin dinero y por eso se habían ido a las habitaciones de sus victimarios; que si habían estado de fiesta en bares, y cualquier cantidad de argumentos para deslegitimar y siempre encontrar una justificación de por qué les pasó lo que les pasó, sin llegar a que el verdadero problema de raíz es el machismo que impera en nuestras sociedades, que sigue fomentando y criando feminicidas que encuentran satisfacción en sus mentes enfermas en someter a mujeres a través de violencia física y sexual que muchas veces finaliza en muerte.
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2 Responses to “Las culpables”
Es lamentable la situación sucedida, pero ya en otras exposiciones siempre he anclado mi postura, en el sentido que lamentablemente las políticas de genero en este país, son políticas demagógicas, es decir, si esta revista decidiera realizar una encuesta al sector femenino, en cuanto a investigar si las mujeres conocen al menos o ínfimamente sus derechos; si las mujeres saben a quien acudir o que hacer en caso de agresiones de cualquier tipo; si las mujeres saben cuales son los requisitos básicos para denunciar violencia intrafamiliar; realizarles la consulta si saben si existe algún lugar donde puedan acudir a informase sobre sus derechos, ó si al menos conocen alguna política estatal de información básica donde educarse en cuanto a los derechos que como mujer les asisten en un sentido integral, como madre, esposa, hija, empleada, profesional, novia, compañera de vida, etc.- Sin pulso a fallar, les aseguro que las únicas respuestas que encontraran son: Que no saben; ISDEMU y ó la PNC. lamentablemente, todas esas respuestas además de ignorar sus derechos, son erradas. Son mas de 4 Convenios Internacionales y 3 Legislaciones internas de Corte especial, que regulan los derechos de la mujer, inclusive, son de corte especial, leyes de genero, por fuera de la materia de Familia. Contamos con legislaciones especiales en favor de la mujer, pero quien las activa?. nadie…por que a pesar que el Estado no transmite información, la sociedad tampoco busca informarse.
Para la persona que escribe, en cuanto consulta sobre la pena impuesta a esta persona, aunque no conozco el detalle exacto del proceso, pero con la sola lectura de la condena, se la describo de la siguiente manera: al ahora condenado se le atribuyeron 4 delitos: 1- Violación Agravada (por abusar de las condiciones de la srta. en un estado imposible de repeler su ataque, además de cometer el hecho con abuso de confianza); 2- privación de libertad, (por mantenerla encerrada bajo su dominio, sin opciones de poder recobrar su libertad); 3- Tenencia y posesión de drogas (siendo medico, los medicamentos que utilizo esta restringidos bajo prescripciones, y son catalogados como tal y su uso es exclusivo o privativo, además del consumo de otras sustancias); y 4- Lesiones graves (mala calificación del delito por cierto, ya que en este caso operaba un homicidio agravado en caso de tentativa, ya que al ser un profesional de salud, sabia que el utilizar medicamentos de alto riesgo en una persona sin someterse a controles médicos y darles uso con fines distintos, el resultado podría ser, o la mataba o la dejaba en el lamentable estado que la srta se encuentra). Las lesiones operan cuando hay o no hay alguna intención de causar algún daño sin trascendencia o con, pero la calidad profesional del imputado hace denotar que no ignoraba el resultado fatal que existiría.
Al imputado lo han condenado por separado por 3 delitos, por el de la posesión de drogas; privación de libertad y lesiones graves; absolviéndolo del delito de violación, por que según tengo entendido, los peritajes de genitales o no arrojaron violencia sexual o no los hicieron. Significa, que empezara a pagar la pena de un primer delito, al terminar esta pena, al día siguiente empezara a cumplir la pena del segundo delito, y así mismo, del tercer delito. descontándole por decirlo así, los días que ya estuvo en detención mientras esperaba su condena. y esos años, no son conmutables por si lo quiere llamar así.
desconozco la legislación salvadoreña, esos años son conmutables?? alguien me puede aclarar por favor