Las mujeres dos veces presas

Más de 640 mujeres han sido detenidas por ingresar droga en centros penales desde 2009. En algunos casos las mujeres han sido presionadas y amenazadas para cometer el delito. Sus testimonios demuestran que la realidad de muchas salvadoreñas es más compleja de lo que parece y que el sistema de justicia no ha dejado de revictimizarlas.

Foto ilustración FACTUM/Salvador Meléndez


La agente de seguridad que le tocó había revisado a 50 personas esa mañana y el resultado había sido el mismo: negativo. Pero a Lorena la angustia le salía por los poros. Entonces la agente la separó y procedió a palpar sus partes íntimas para ver si ocultaba algo. En la cárcel de Mariona, llamado oficialmente “La Esperanza”, Lorena le dijo que no llevaba nada, pero antes de que la revisara de nuevo no pudo con los nervios y se extrajo un bulto: dos paquete de marihuana de 373 gramos.

Ese día, 27 de octubre de 2012, Lorena fue detenida por el delito de tráfico ilícito. Era el fin de las amenazas y extorsiones que esta empleada del Instituto Salvadoreño del Seguro Social sufría desde hace meses.

Todo empezó cuando contactó, a través de Facebook, con un excompañero del bachillerato que estaba preso en Mariona, supuestamente por un homicidio que cometió en defensa propia, creía Lorena. La relación comenzó en abril de 2012 y en mayo acudió por primera vez a visitarlo. Desde entonces comenzaron las exigencias de dinero con cantidades que rondaban los $25 y que enviaba a través de transferencias de Tigo Money. Otras veces las amenazas telefónicas eran de sujetos que hablaban como pandilleros, que sabían todos los detalles de dónde vivía, su lugar de trabajo, su familia.

Su supuesto amigo le exigía cada vez más: decía que era para medicinas y que su madre le devolvería el dinero prestado, pero eso nunca sucedió. Y entonces su amigo, detenido en Mariona,  comenzó a amenazarla también, le pedía hasta $500, según consta en el expediente judicial del caso.

Lorena ya estaba muy endeudada a esas alturas. Le había dicho a su hermana y un amigo, pero no quería que sus padres se enteraran porque estaban muy enfermos. Como ya no podía darles más dinero la obligaron a meter droga al penal.

Un día se fue a un supermercado de Ciudad Delgado sin avisar a nadie. Allí se reunió con una mujer, quien le dio un paquete para que lo metiera en el penal. Esta mujer le advirtió que no debía ponerse nerviosa porque si no la descubrirían. Pero la descubrieron y fue acusada por tráfico ilícito.

Siete de cada 10 personas detenidas por ingresar ilícitos a centros penales son mujeres; pero cuando se trata de droga esta proporción asciende a nueve de cada 10. Entre enero de 2009 y octubre de 2016 han sido detenidas 645 mujeres ocultando droga para meterla en los centros penitenciarios de todo el país; la cifra se eleva si se considera la cantidad de detenidas cargando cualquier tipo de objeto prohibido en las cárceles salvadoreñas, como teléfonos, chips, cargadores, medicinas… Así ya suman más de 1,600 en siete años y 10 meses contabilizados a partir de las estadísticas brindadas por la Dirección General de Centros Penales (DGCP).

Muchas de estas mujeres, de acuerdo con testimonios recabados, estudios sobre la población penitenciaria y la opinión del mismo director de Centros Penales, podrían estar siendo utilizadas, exponiéndolas a ser detenidas por el delito de tráfico de objetos prohibidos en centros penales (artículo 338B del Código Penal) o a otros más graves cuando llevan droga, mientras otros se lucran de esta forma de explotación. Ya que el 90 % de la población penitenciaria son hombres, muchos de ellos miembros de pandillas, tiene lógica que sean las mujeres quienes, a través de las visitas, introduzcan lo que se les ordene. Algunas dicen haberlo hecho por amenazas contra su vida o la de sus familiares, por pura necesidad económica y otras tantas por ayudar a sus parejas. Pero al Estado salvadoreño parece no importarle cuando se da bajo presiones y no investiga bajo ese enfoque.

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Sofía dice que recibió una llamada telefónica de una amiga que le ofreció el trato. No era la primera vez que se lo ofrecía, pero nunca se había atrevido a hacerlo. Tenía que tomar una decisión rápidamente. Su hija estaba ingresada en el Hospital Rosales y necesitaba dinero para pagar la atención hospitalaria. Entonces, en 2005, todavía se cobraban los servicios. No lo pensó más. Salió del hospital, fue hasta su casa, se bañó, desayunó algo y fue hacia el lugar que le indicaron.

Una persona le entregó la droga que tenía que meter en el penal de Quezaltepeque. Llevaba una onza (28 gramos) de marihuana en la mano. En el registro le preguntaron: “¿Qué lleva en la mano?” Y ahí la descubrieron. Por el  “trance” le iban a pagar $40 –cuarenta dólares-, pero nunca los recibió: fue detenida, procesada y condenada a cumplir 11 años de cárcel por tráfico ilícito. Sus seis hijos quedaron bajo el cuidado de su madre. Todavía hoy no entiende cómo hizo ella para salir adelante con todos.

La cantidad de personas detenidas al tratar de introducir droga y objetos prohibidos en centros penales y de internamiento del país se ha reducido considerablemente desde 2009. Ese año se reportaron 451 detenciones, de las cuales 366 eran mujeres (81 %); en 2015 se redujeron a 286, de las cuales 215 eran mujeres (75%); y entre enero y el 25 de octubre de este año, la Dirección General de Centros Penales solo contabilizó 126 detenciones, de ellas 81 mujeres (64 %).

La reducción en el número de casos podría estar relacionada con las medidas extraordinarias de seguridad, que entraron en vigencia desde marzo pasado. Desde entonces se prohíbe el acceso de las visitas en siete centros penales (ahora son seis pues la cárcel de Cojutepeque ya cerró) con presencia de pandillas, entre otras restricciones; al mismo tiempo que empezaron a exigir más documentación y se limitó el acceso de las visitas exclusivamente a familiares en el resto de penales del país tras las reformas a la Ley Penitenciaria aprobadas en agosto de 2015.

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Miriam cargaba en brazos a su hijo de dos meses cuando fue detenida en el penal de Ciudad Barrios, en San Miguel, a finales de 2008. La droga la llevaba adentro de su cuerpo. Lo primero que pensó fue en su hijo, qué iba a ser de él, con quién lo iba a dejar. Ella es de Santa Ana y pasó cuatro años viajando de punta a punta del país para ingresar ocho onzas de marihuana cada ocho días. Dice que era consciente, que lo hacía por amor, porque su compañero, un pandillero, estaba detenido en esa cárcel por homicidio y ella le quería ayudar. Él se la pedía, según ella, para pasar mejor el encierro, aunque también para venderla. Tenía miedo de que la dejara por otra si no continuaba pasando la droga, reconoce Miriam. La condenaron a cuatro años de cárcel por el delito de posesión y tenencia en perjuicio de la salud.

Antes de conocer al padre de su hijo menor, Miriam trabajaba en una librería, tenía una vida normal, no necesitaba estar pasando droga y se llevaba con su familia. Poco a poco fue perdiendo todo y después él fue condenado por homicidio agravado y trasladado al penal de Ciudad Barrios, destinado a exclusivamente pandilleros de la Mara Salvatrucha.

Durante su condena, en la cárcel de mujeres de Ilopango, Miriam dice que aprendió muchas cosas, especialmente cuando, por un tiempo, perdió todo el apoyo de su familia. A su hijo de cinco años (la edad que tenía cuando  la detuvieron) lo cuidaron sus familiares, pero al final al pequeño se lo quedó la pandilla, la familia del padre, y ella solo lo puede ver cuando se lo llevan a la casa. A sus 33 años reconoce que accedió a contar su historia para Factum porque “si me olvido me puedo confiar, si estoy recordando es algo así como: hasta ahí, que no debo repetirlo”.

La población de mujeres en penales prácticamente se ha duplicado en los últimos  10 años, pasando de ser el 4.8 % de la población penitenciaria al 9.6 % para mediados de 2015, cuando se contabilizaron 3,218 mujeres internas, según los datos de Centros Penales. Según las estadísticas penitenciarias, los delitos de mayor incidencia entre mujeres son la extorsión (38.39 %), delitos relativos a las drogas (24.4 %), homicidio (11.7 %), robo (4.7 %) y agrupaciones ilícitas (4.52%).

El informe “Mujeres privadas de libertad en El Salvador. Realidades y proyecciones”, realizado por la Asociación de Capacitación e investigación para la Salud Mental (ACISAM), y presentado en julio, concluye que “las mujeres desempeñan funciones de apoyo a los hombres en la ejecución de delitos. Este apoyo, muchas veces forzado, puede ser el desempeño de actividades logísticas para extorsiones, venta de drogas para narcomenudeo o encubrimiento y tráfico ilícito dentro de penales masculinos”.

Y aunque el documento señala que esa situación “no les exime de responsabilidad delictiva ni explica el 100 % de los casos”, lo cierto es que esta es una realidad que no se abarca con enfoque de género, señala ACISAM.

En septiembre de 2015, la Policía Nacional Civil (PNC) reportó la captura de cinco mujeres adentro de un motel cerca del centro penal de Chalatenango. Las detenidas preparaban porciones de droga para ingresarlas a la cárcel a través de las visitas de familiares. Todas fueron acusadas por tráfico ilícito, según reportó la Policía. Un año después, en septiembre pasado,  el director de Centros Penales, Rodil Hernández, dijo durante una entrevista en la radio Maya Visión, que los miembros de la MS presos en la cárcel de Chalatenango obligaban a  las mujeres, y especialmente familiares de otros internos, a ser “mulas”, es decir, portar la droga durante las visitas para no exponer a sus propios familiares.

Hernández, además, reconoció durante la presentación del informe de ACISAM que “las mujeres siguen siendo victimizadas, muchas veces inclusive los cabecillas de pandillas no obligan a sus mismos familiares, sino que obligan a los familiares de otros privados de libertad a que hagan eso; siguen ahí todavía afectando a otras personas a que hagan eso aún dentro de la misma prisión. Las medidas ahora han suspendido el ingreso de visitas, tienen otro objetivo, pero de alguna manera esa es una protección indirecta hacia esas personas”.

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Mujeres salvadoreñas de diferentes edades fueron capturadas por la Policía Nacional Civil consideradas sospechosas de trabajar para estructuras de pandillas en El Salvador. Las jovenes, entre los 15 a los 21 años se convierten en mulas de carga de ilicitos hacia el interior de los penales, obligados por los pandilleros reclusos, lo que hace que sean encarceladas por colaborar. Foto FACTUM/Salvador MELENDEZ

Mujeres salvadoreñas de diferentes edades fueron capturadas por la Policía Nacional Civil consideradas sospechosas de trabajar para estructuras de pandillas en El Salvador. Las jovenes, entre los 15 a los 21 años, se convierten en mulas de carga de ilicitos hacia el interior de los penales, obligados por los pandilleros reclusos, lo que hace que sean encarceladas por colaborar.
Foto FACTUM/Salvador Meléndez

A pesar de la reducción de casos, la explotación de mujeres, vinculadas o no a pandillas, y amenazadas para exponerse a meter droga y otros objetos a penales, es algo que se mantiene encubierto. Para el juez 3º de Sentencia, Antonio Durán, el primer obstáculo para procesar este tipo de casos es el silencio de las víctimas.

“Las mujeres no dicen nada, solamente la carga de la prueba la presenta la Fiscalía y ellas no dicen nada. Hay otros casos en los que sí expresan los hechos pero no prueban y entonces para un juez no es suficiente que le digan: ‘me han obligado’, sino que es necesario acreditar estos hechos. Y hay otros casos donde las mujeres sí lo han documentado”, explica el juez.

Durán retoma el caso de Lorena: ella logró ser absuelta en la fase de vista pública al presentar toda la prueba documental en base a los 17 recibos de las trasferencias que hizo por Tigo Money y los testimonios de descargo de su hermana y un amigo. Sin embargo, esto no suele pasar ya que por temor o amenazas las imputadas no hablan y cuando lo hacen es utilizando la última palabra en juicio, que no consta como prueba.

Otro de los problemas es el de tipo jurisprudencial, es decir, sobre la calificación del delito. La Fiscalía suele acusar a estas mujeres que ingresan droga por el delito de tráfico ilícito, penado con 10 a 15 años de cárcel. Mientras que el delito de posesión y tenencia, que no se refiere al transporte y se aplica en función de la cantidad de droga decomisada, está penado con prisión de uno a tres años. Ambos tipos penales están recogidos en la Ley Reguladora de las Actividades Relativas a las Drogas (LRARD). Esto sin contar el de tráfico de objetos prohibidos en centros penitenciarios de detención o reeducativos, sancionado con presión de tres a seis años, según el artículo 338B del Código Penal.

Para el juez Durán la acusación es casi misógina, aunque trata de retirar el calificativo: “Hay que ver un poquito el aspecto, sin decirlo,  casi misógino de violencia contra la mujer, de ese menosprecio por el hecho de prestarse a llevarla (la droga) y esa contribución para los privados de libertad en suministrarles ese tipo de objetos y de tal manera justificar el reproche tan elevado, es un reproche excesivo de 10 años de prisión”.

Según el juez, y como consta en varios recursos de apelación y casación disponibles para consulta a través del Centro de Documentación Judicial, la Fiscalía suele acusar por el delito de tráfico al considerar que estas mujeres transportan la droga. Para Durán  el tratamiento jurisprudencial es parte del problema de revictimización.

“La Fiscalía alega que la persona transporta con su cuerpo la droga desde fuera al interior del penal. Algunos jueces hemos interpretado en el sentido que transporte significa el uso de medios convencionales, origen y destino largos, para entender la definición de transporte; y lo hemos limitado a decir que se trata de una posesión con fines. La otra posibilidad interpretativa es considerarla tráfico de objetos prohibidos en centros penitenciarios, ya se ha hecho pero la jurisprudencia de la Sala (de lo Penal) lo ha calificado como tráfico ilícito. Incluso los casos donde nosotros hemos sancionado con la pena mínima de la posesión con fines, que es de seis a 10 años, la Sala nos ha revocado y ha dicho que es tráfico ilícito y le pone de 10 a 15 años de prisión (…)”, indica Durán.

El abogado defensor de Lorena, quien ejerció como fiscal durante 14 años, señala que uno de los principales problemas para las víctimas de este tipo de delitos es que la Fiscalía General de la República no presenta prueba de descargo como establece el artículo 57 del reglamento de la Carrera Fiscal.

“Art.57.- Desde el momento que se tenga conocimiento del cometimiento de una infracción, la autoridad competente iniciará la investigación correspondiente, extendiendo la misma no solo a las circunstancias de cargo, sino también a las que la eximan de ella, extingan, atenúen o que sirvan para descargo del investigado”.

Según este abogado particular, el Ministerio Público “se ha acomodado a lo que les presenta la PNC. Desgraciadamente es la carga laboral de cada fiscal, pero también los jefes de las unidades obligándoles con el trabajo a que condenen”.

La colaboración del jefe médico de Lorena también fue clave para lograr la absolución, señala el abogado defensor. Él les dijo que era una persona trabajadora y responsable, con lo que se evitó la condena y que ella además perdiera su trabajo.

Se consultó a personal de comunicaciones de la Fiscalía para conocer las experiencias de fiscales de San Salvador sobre este tipo de casos y la posibilidad de tratarse de una forma de explotación encubierta; pero, según se informó, los fiscales no toman en cuenta esa posibilidad durante la investigación, pues solo investigan el hecho delictivo.

La jefa fiscal de la Unidad Especializada de Tráfico Ilegal y Trata de Personas, Violeta Olivares, consideró que la consulta sobre la posible coacción de mujeres para ingresar ilícitos a penales es válida, pero que para poder determinarlo es necesario examinar caso por caso, así como la relación familiar de sometimiento o subordinación.

“Pudiéramos valorar por la ley y la normativa internacional, y pudiéramos estar ante casos de reclutamiento, sistemático con beneficios para terceros, pero hay que valorar cada caso y no se puede descartar que esté sucediendo”, dijo Olivares, y reconoció que a la fecha no han  recibido un caso bajo este perfil.

Para el juez 3º de Sentencia,  “la jurisprudencia de Sala de lo Penal debe incidir y sensibilizar en este tema porque me parece que estamos siendo indolentes, insensibles ante el dolor de estas personas que como estos casos han sido incautos o han sido víctimas (…) Las victimizan los delincuentes y el propio sistema penal las revictimiza persiguiéndolas”.

*Todos los nombres de las mujeres detenidas que aparecen en este reportaje han sido cambiados por seguridad.

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